El Ministerio de Sanidad ha aprobado con las Comunidades Autónomas el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19, con un conjunto de medidas propuestas para hacer frente al coronavirus en el escenario actual y en los que puedan producirse en caso de una segunda oleada.
Las comunidades y otros ministerios han realizado sus aportaciones antes de su aprobación definitiva en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) de 16 de julio de 2020.
El objetivo general de este Plan es reducir el impacto de la pandemia mediante el fortalecimiento de intervenciones rápidas, oportunas y eficaces y, al mismo tiempo, preparar las capacidades de España frente a un incremento de los contagios que, llegado el caso, pueda derivar en una segunda ola de transmisión del coronavirus.
El plan contempla un sistema de comunicación y de evaluación de riesgos entre el Ministerio y las comunidades autónomas y de protocolos comunes de actuación general, ante un caso y ante un brote en función de distintos espacios.
La evaluación de riesgo para cada comunidad tendrá en cuenta, entre otros, el ámbito territorial que se está evaluando; los indicadores relativos a la situación epidemiológica, capacidad asistencial y capacidad de salud pública; la exposición al riesgo; las características de la población susceptible expuesta o la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control.
El Plan recoge medidas de respuesta para entornos específicos como son los centros educativos, centros sanitarios, centros sociales y socio-sanitarios residenciales, entorno laboral, poblaciones socialmente vulnerables o entornos de alta concentración de personas.
Plan de respuesta al COVID-19 para Centros escolares
En los centros escolares las medidas se adoptarán de forma escalonada, contemplando el aislamiento de alumnos, el cierre de parte del colegio o, directamente, del colegio entero. En general, las instrucciones para los colegios incluyen medidas de higiene, garantizar entornos seguros y saludables y realizar una detección precoz de los casos.
Si se diera un contagio en un colegio, debería aislarse el caso y poner en cuarentena a los contactos estrechos o grupo de convivencia estable de la persona afectada.
Si la situación es más grave y en lugar de un caso se da un brote, el Plan del Gobierno propone el cierre parcial de parte del centro, que podría afectar bien a un grupo estanco, a todo un nivel escolar o a un grupo de aulas con actividades compartidas.
También contempla el cierre completo del centro escolar o de todos los colegios de un territorio delimitado si la evaluación del riesgo lo recomienda. Como alternativa al cierre total, Sanidad propone modalidades de educación mixta, a distancia y presencial.
El plan especifica lo siguiente:
Los centros educativos son espacios de convivencia donde es necesario el establecimiento de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud que posibiliten que sean entornos seguros y saludables y que se pueda realizar una detección precoz y adecuada gestión de los casos, en función de lo establecido por la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control.
- Los centros escolares deben colaborar con la transmisión de información a Salud Pública para la recopilación y verificación de la información para poder planificar e intervenir de forma adecuada.
- Los centros escolares deben disponer de un protocolo de actuación ante la detección de un caso compatible con COVID-19 que garantice el aislamiento del caso y su notificación al sistema sanitario.
- La detección de un brote debe ir acompañada de una evaluación del riesgo, en coordinación con Salud Pública. Según el resultado de la evaluación se adoptarán medidas de forma escalonadas, que entre otras incluyen:
- La intensificación de las medidas de prevención.
- El cierre parcial de una cohorte estanca, el cierre de un nivel escolar, o el cierre de un grupo de aulas con actividades compartidas,
- El cierre completo del centro escolar, así como de todos los centros escolares de un territorio delimitado si el nivel de riesgo así lo recomienda,
- Una alternativa al cierre de los centros escolares es permitir modalidades de educación mixta (combinando educación a distancia y presencial) teniendo en cuenta las necesidades del alumnado más vulnerable, con distintas capacidades, incluyendo las capacidades tecnológicas que le permitan seguir el curso a distancia.
- Las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado para explicar la situación con el fin de adecuar el nivel de riesgo percibido al nivel real, así como la transmisión en tiempo y de manera comprensible y accesible de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud necesarias para el control de la transmisión.
Actuaciones en centros escolares
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
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Medidas de contención
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Medidas de contención
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Consulta a continuación el documento original y la transcripción del PDF del Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19.
Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19
Ministerio de Sanidad, Acordado en Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 16 de julio de 2020
1. INTRODUCCIÓN
1.1 Antecedentes
El 31 de diciembre de 2019, China informó sobre un grupo de 27 casos de neumonía de etiología desconocida. Posteriormente, el 7 de enero, las autoridades del país identificaron el agente causante de este brote, un nuevo tipo de coronavirus que fue denominado SARS-CoV-2. Desde ese momento, en España se pusieron en marcha las acciones de preparación y respuesta en un escenario de contención pandémica.
De esta forma, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) el 30 de enero de 2020, España ya cumplía
con las todas recomendaciones que formuló esta organización.
Durante el mes de febrero y principios de marzo, ante la evolución de la situación epidemiológica en Europa, se reforzaron las medidas de prevención y control en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), para mejorar la sensibilidad en la detección de casos, insistir en la recomendación de no viajar a las zonas de riesgo o limitar la presencia de público en determinados eventos deportivos.
Debido al incremento del número de casos y a la situación de transmisión comunitaria confirmada en algunas zonas del país, el 10 de marzo, estas progresaron a un escenario de contención reforzada. El 11 de marzo de 2020 la
OMS declaró que la situación de emergencia ocasionada por el brote epidémico de COVID-19 constituía una pandemia.
Desde ese momento, la evolución de la situación requirió el establecimiento de medidas urgentes para hacer frente a la propagación de la pandemia y para reducir el impacto del COVID-19. Por esta razón, el 12 de marzo, coincidiendo con las recomendaciones del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC), se acordó extender las medidas de distanciamiento físico al conjunto del país.
El 14 de marzo, el Gobierno aprobó el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19 con medidas para proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud.
Esta norma suponía la entrada en el escenario de mitigación pandémica e incluía medidas de limitación de la libertad de circulación y de reducción de riesgos en distintos ámbitos, como el educativo y de la formación, la actividad comercial, establecimientos y actividades culturales y recreativas, actividades de hostelería y restauración, o los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, entre otros.
Estas medidas de contención se han mostrado muy efectivas en el control de la epidemia, aunque también han tenido un gran impacto sobre la actividad económica global y a nivel social. La publicación de la Comunicación Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19, presentada el pasado 15 de abril de 2020 por la Presidenta de la Comisión Europea y el Presidente del Consejo Europeo, indujo a los Estados Miembros de la Unión Europea a planificar las distintas fases que permitieran reanudar las actividades económicas y sociales, minimizando cualquier repercusión sobre la salud de las personas y reduciendo el riesgo de sobrecargar los sistemas sanitarios.
En España, desde la adopción de las medidas de restricción, se empezó a trabajar en la planificación de la recuperación de la actividad económica y social a medida que se flexibilizaron las medidas de restricción. Así, mediante un acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de abril de 2020, se aprobó el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, que planteó el levantamiento de las medidas de contención de modo gradual, asimétrico, coordinado con las comunidades autónomas y adaptable a los cambios de orientación necesarios en función de la evolución de los datos epidemiológicos y del impacto de las medidas adoptadas.
El día 21 de junio finalizó el proceso de desescalada y la vigencia del estado de alarma, entrando el país en la etapa de nueva normalidad y, con ella, en un escenario de control de la pandemia.
Este escenario de control requería adoptar una serie de medidas para seguir haciendo frente a la pandemia y evitar un nuevo incremento de casos. Con este objetivo se aprobó el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se establecen las medidas generales de prevención y control que se deben mantener durante esta nueva normalidad.
1.2 Características de la enfermedad
La COVID-19 es una enfermedad infecciosa causada por el coronavirus SARSCoV-2. De acuerdo con los datos disponibles en estos momentos, en el 80% de los casos identificados se presenta de forma leve o moderada, el 15% precisa ingreso hospitalario y el 5% cuidados intensivos, según patrón observado repetidamente en diversos países.
Los síntomas más frecuentes incluyen fiebre, tos y sensación de falta de aire, aunque se ha observado que la infección puede cursar con una enorme variedad de síntomas, como la anosmia o la ageusia, o incluso cursar de forma asintomática. Se estima una letalidad global de entorno al 0,8% del total de infectados.
La gravedad de la enfermedad depende de diferentes factores, entre ellos, los relacionados con las características de la persona infectada. Las personas mayores y con patologías crónicas previas, como la enfermedad cardiovascular o la hipertensión arterial, la enfermedad pulmonar obstructiva crónica o la diabetes mellitus, pueden presentar una mayor letalidad.
La infección por SARS-CoV-2 activa el sistema inmune innato induciendo la generación de anticuerpos neutralizantes en títulos elevados en la mayor parte de los casos, aunque aún no está clara la duración de la inmunidad. No obstante, a la luz de los resultados del Estudio Nacional de Seroprevalencia ENE-COVID, solo el 5% de la población española ha tenido contacto con el virus y presenta anticuerpos, lo que descarta a corto plazo la inmunidad de grupo.
A día de hoy se considera que la fuente primaria más probable de la enfermedad producida por el SARS-CoV-2 es de origen animal. La principal vía de transmisión entre humanos es por contacto y gotas respiratorias. El periodo de incubación mediano es de 5 días con un rango de 1 a 14 días, y la transmisión de la infección puede darse desde 2 días antes del inicio de síntomas hasta 10 días después, aunque se ve influenciado por la severidad y la persistencia del cuadro clínico.
No está claro el papel de los casos asintomáticos tienen en la transmisión de la enfermedad, se asume que la mayor parte de ésta ocurre por los casos presintomáticos y los casos sintomáticos. La tasa de ataque secundario es de en torno al 10% pero en algunas condiciones puede ser superior. Por otro lado, también se desconoce si el SARS-CoV-2 tendrá un patrón estacional.
1.3 Justificación del Plan de Respuesta temprana
La pandemia provocada por el COVID-19 ha sido y sigue siendo el mayor desafío para la salud que hemos conocido en el último siglo. Su dimensión ha obligado a una gran mayoría de países a adoptar medidas excepcionales, y ha provocado tensiones en los sistemas de salud y en los mercados de productos sanitarios a nivel mundial. Nuestro país, como el resto del mundo, no ha sido ajeno a esta realidad.
No obstante, gracias al esfuerzo incansable del conjunto de los profesionales sanitarios, el compromiso de la ciudadanía y la respuesta coordinada de las Administraciones, se ha reducido la incidencia hasta un nivel en el que es posible controlar el SARS-CoV-2. En este sentido, conviene destacar el impacto que ha tenido la reducción de la movilidad durante la vigencia del estado de alarma en la reducción de la incidencia.
Su finalización y la entrada en la nueva normalidad no supone, en ningún sentido, que el virus haya desaparecido. Solo significa el paso a una nueva etapa en la que debemos aprender a convivir con el virus hasta que haya un tratamiento eficaz o una vacuna segura frente al virus.
En el escenario actual de control de la transmisión se debe seguir insistiendo en el cumplimiento de las acciones básicas de higiene y prevención y el resto de medidas incluidas en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para seguir conteniendo el riesgo de transmisión y garantizar la detección de brotes, así como asegurar la respuesta compartida por parte del conjunto de las autoridades sanitarias.
De la misma forma, en esta nueva etapa, el Ministerio de Sanidad sigue trabajando en coordinación con las comunidades autónomas tanto en el seguimiento diario de la evolución del virus, como para asegurar las capacidades que nos permitan detectar y actuar ante nuevos brotes, o incluso, ante una posible segunda oleada por COVID-19.
Para organizar esta respuesta de forma eficaz y coordinada, se propone el presente Plan de Respuesta temprana ante incrementos de la transmisión en un escenario de control de la pandemia de COVID-19, que contará con la participación de las comunidades autónomas. Se trata de un Plan que articulará el conjunto medidas para la preparación y respuesta de nuestro país frente al COVID-19 que ya están en marcha, junto con aquellas que deben completarse para hacer frente a los distintos escenarios que puedan producirse.
1.4 Objetivos
El objetivo general de este Plan es doble: por un lado, reducir el impacto de la pandemia de COVID-19, limitando la circulación del SARS-CoV-2 mediante el fortalecimiento de los pilares que sustentan unas intervenciones oportunas y eficaces; y por otro, preparar las capacidades de España frente a un incremento de la transmisión que, llegado el caso, pueda derivar en una segunda oleada de transmisión de SARS-CoV-2.
Los objetivos específicos del Plan son:
- Diseñar las bases de la preparación y la respuesta en el escenario actual y ante posibles escenarios futuros para el control de la enfermedad.
- Establecer un marco de evaluación del riesgo asociado a la información disponible.
- Recomendar intervenciones en salud pública proporcionales al nivel de riesgo.
Todo ello se concreta a través de los distintos apartados, que contienen, entre otros elementos: la clarificación del marco competencial y de gobernanza para hacer frente a un posible incremento de casos; la configuración de una reserva estratégica de equipos de protección y medicamentos; el refuerzo de la vacunación frente a la gripe; los planes de contingencia para reforzar las capacidades a nivel asistencial y de salud pública por parte de las comunidades autónomas y la definición de los indicadores epidemiológicos y asistenciales para elevar el nivel de riesgo en un territorio y proponer, cuando sea necesario, medidas adicionales en coordinación con las comunidades autónomas.
2 GOBERNANZA Y MARCO NORMATIVO
En el escenario actual de control, el objetivo es reducir al máximo la transmisión del virus, minimizando su impacto en la salud y en la sociedad. Por ello, las instituciones deben estar preparadas para responder a cualquier escenario de riesgo para la salud pública, asumiendo que no existe un enfoque único en la gestión de los casos y los brotes de COVID-19, y que es necesaria la coordinación y la toma de decisiones conjunta en función de los diferentes escenarios.
2.1 Estructuras organizativas y coordinación
Las actuaciones de preparación y respuesta deben adoptarse de forma consensuada y coordinada por los distintos agentes implicados en la evaluación y gestión del riesgo.
Los aspectos relativos a la gestión estratégica de la preparación y respuesta ante amenazas sanitarias se analizan en el Comité de Dirección del COVID-19 creado en el Ministerio de Sanidad y en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), que es quien acuerda la implementación de las acciones frente al COVID-19 en el conjunto de las comunidades autónomas, a través del Pleno, la Comisión de Salud Pública y la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta, bajo la coordinación del Ministerio de Sanidad. El objetivo de esta coordinación es la armonización de las actuaciones en todo el territorio nacional, teniendo en cuenta las directrices del Ministerio de Sanidad y las recomendaciones de la Unión Europea y la Organización Mundial de la Salud.
La Comisión de Salud Pública (CSP) garantiza que las medidas de control establecidas para cada escenario se adoptan coordinadamente en todas las CCAA y la equidad en el acceso a los recursos sanitarios.
La evaluación de riesgo de propagación de la transmisión se analiza inicialmente en el seno de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta, coordinada por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES). El resultado de esta evaluación será tratado y aprobado en los ámbitos estratégicos de la CSP y CISNS.
En caso de que se considere necesario adoptar actuaciones coordinadas en salud pública que afecten a varias comunidades autónomas, corresponderá su declaración al Ministerio de Sanidad, previo acuerdo del CISNS y con audiencia de las comunidades directamente afectadas, salvo en situaciones de urgente necesidad, en cuyo caso se tomarán las medidas que sean estrictamente necesarias y se informará de manera urgente de las medidas adoptadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
La declaración de actuaciones coordinadas obliga a todas las comunidades autónomas incluidas en ella y para su realización podrá acudirse a una serie de mecanismos, entre los que se encuentran la activación o diseño de planes y las estrategias de actuación para afrontar emergencias sanitarias.
Si las características de la situación superan las capacidades de respuesta en salud pública y asistencial a nivel autonómico y existe una presión creciente sobre el sistema, se valorarán fórmulas de cogobernanza que se pactarán con la comunidad autónoma para la gestión de esta eventualidad de forma consensuada y coordinada con las partes implicadas.
2.2 Marco legislativo
Todas las actuaciones de intervención deben ser adoptadas respetando el marco constitucional de distribución de competencias entre las comunidades autónomas y la Administración General del Estado.
Así, conforme el artículo 149.1.16ª de la Constitución Española corresponde al Estado la competencia exclusiva en materia de Sanidad Exterior, bases y coordinación general de la Sanidad, y legislación sobre productos farmacéuticos.
En materia de Salud Pública, le corresponde al Estado la competencia en materia de Sanidad Exterior, además de lo referido a las bases y la coordinación general, reposando el resto del ámbito competencial de Salud Pública en las comunidades autónomas.
Teniendo en cuenta este ámbito competencial ordinario, existen una serie de medidas de intervención previstas en la legislación española ante situaciones urgentes o de emergencia que pueden ser adoptadas por el Estado y las comunidades autónomas, en función de sus respectivas competencias.
Por un lado, la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública prevé que, si así lo exigen razones sanitarias de urgencia o necesidad, las autoridades sanitarias competentes podrán adoptar medidas de reconocimiento, tratamiento, hospitalización o control cuando se aprecien indicios racionales que permitan suponer la existencia de peligro para la salud de la población debido a la situación sanitaria concreta de una persona o grupo de personas o por las condiciones sanitarias en que se desarrolle una actividad.
Con el fin de controlar las enfermedades transmisibles, la autoridad sanitaria, además de realizar las acciones preventivas generales, podrá adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato, así como las que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible.
Por otro lado, la Ley 14/1986, de 14 de abril, General de Sanidad habilita de una parte a adoptar medidas administrativas de carácter preventivo sobre actividades públicas o privadas, para evitar consecuencias negativas para la salud (artículo 24) y, de otra, en casos de riesgo inminente y extraordinario para la salud, a adoptar las medidas preventivas que se estimen pertinentes, tales como la incautación o inmovilización de productos, suspensión del ejercicio de actividades, cierres de empresas o su instalaciones, intervención de medios materiales y personales y cuantas otras se consideren sanitariamente justificadas.
En ambos casos, la competencia para la adopción de estas medidas corresponderá a las comunidades autónomas, con la coordinación de la Administración General del Estado - Ministerio de Sanidad, si esta fuera necesaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.16ª de la Constitución Española.
Por último, la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública prevé que, con carácter excepcional y cuando así lo requieran motivos de extraordinaria gravedad o urgencia, la Administración General del Estado y las de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan adoptar cuantas medidas sean necesarias.
En particular, se prevé la posibilidad de la inmovilización y, si procede, el decomiso de productos y sustancias, la intervención de medios materiales o personales, el cierre preventivo de las instalaciones, establecimientos, servicios e industrias, la suspensión del ejercicio de actividades, la determinación de condiciones previas en cualquier fase de la fabricación o comercialización de productos y sustancias, así como del funcionamiento de las instalaciones, establecimientos, servicios e industrias, con la finalidad de corregir las deficiencias detectadas, así como cualquier otra medida ajustada a la legalidad vigente si existen indicios racionales de riesgo para la salud, incluida la suspensión de actuaciones.
La competencia para la adopción de estas medidas corresponderá a la administración competente por razón de materia. Es decir, la posibilidad de adoptar las medidas previstas en esta ley por parte del Ministerio de Sanidad, como autoridad sanitaria estatal, ha de llevarse a cabo en el ámbito de sus competencias (en materia de Sanidad Exterior o de coordinación).
Aunque la ley contiene un presupuesto habilitante para que la autoridad sanitaria estatal pueda llevar a cabo las actuaciones descritas, no contiene un título competencial adicional o distinto del que le corresponde al Estado en base al artículo 149.1.16 de la Constitución.
En definitiva, el esquema de actuación que prevé la Ley General de Salud Pública es similar al regulado en la Ley General de Sanidad en cuanto a salvaguardar las competencias de cada Administración Pública en el ámbito de la Sanidad, con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.16 de la Constitución.
Hay que tener en cuenta que, en todo caso, las medidas que se adopten con arreglo a esta legislación, deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el caso de que impliquen privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental.
Por último, cabe destacar el ámbito competencial extraordinario previsto en el marco de un estado de alarma cuando, atendiendo a la dimensión de la epidemia, las medidas previstas en la legislación ordinaria resultan insuficientes.
El Gobierno puede declarar, mediante Real Decreto, el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca, entre otras situaciones, crisis sanitarias, tales como la pandemia por COVID-19.
Todas las autoridades civiles de la Administración Pública del territorio afectado por la declaración, los integrantes de los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, y los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedarán bajo las órdenes directas de la Autoridad competente designada en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza.
3 PILARES DE RESPUESTA TEMPRANA
Es necesario dotar al Sistema Nacional de Salud de una mayor capacidad, preparándolo para ser capaz de hacer frente a posibles incrementos de la transmisión del COVID-19 sin las tensiones a las que se ha visto sometido durante la crisis.
Esta preparación requiere una acción amplia y coordinada, que incluye la preparación en los ámbitos de Salud Pública, asistencia sanitaria y laboratorio, la compra extraordinaria de vacuna de la gripe y la preparación de las medidas farmacológicas y no farmacológicas frente al COVID-19.
3.1 CAPACIDADES EN EL ÁMBITO DE LA SALUD PUBLICA PARA LA DETECCIÓN PRECOZ Y EL CONTROL DEL COVID-19
Es necesario garantizar una capacidad de detección y control suficiente para detectar el incremento de la transmisión en la población mediante el funcionamiento adecuado del sistema de alerta precoz y respuesta rápida y de vigilancia epidemiológica, conforme a la estrategia actual, de manera que se permita una identificación y aislamiento precoz de las fuentes de infección. Esto implica:
- Garantizar una capacidad suficiente de recursos humanos en los servicios de Salud Pública dedicados a la respuesta de COVID-19 que asegure la aplicación de los protocolos de detección de casos e identificación y seguimiento de contactos.
- Disponer de planes de contingencia que garanticen una continuidad de la actividad de Salud Pública ante un posible incremento de la transmisión tomando como referencia los elementos definidos en la lista de verificación del Anexo I.
- Garantizar el funcionamiento adecuado de los sistemas de vigilancia y alerta precoz y respuesta rápida 24/7/365 que permitan una identificación y aislamiento precoz de los casos y cuarentena de los contactos en coordinación con Atención Primaria.
- Asegurar la capacidad de detectar precozmente los casos en todos los niveles asistenciales, especialmente en Atención Primaria, a partir de la implementación de los procedimientos definidos en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control en colaboración con Salud Pública. La estrategia de detección precoz contemplará la adaptación de los protocolos a la situación epidemiológica del territorio de aplicación.
- Incorporar herramientas digitales que faciliten la identificación y seguimiento de contactos. Para ello, el Ministerio de Sanidad, en colaboración con la Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial impulsará el desarrollo de una aplicación de control y rastreo de contactos que garantice la interoperabilidad a nivel europeo y respete la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
- Asegurar la capacidad de laboratorio ante el posible aumento de la demanda diagnóstica, priorizando la inversión en nuevas técnicas diagnósticas. Se debe prever la necesidad diagnóstica en el marco de la vigilancia de enfermedades respiratorias víricas ante la posible coexistencia del virus de la gripe y del SARS-CoV-2.
- Garantizar la coordinación entre los diferentes niveles (sanitario, socio sanitario, Salud Pública, Protección Civil) para la adecuada implementación de los protocolos de detección precoz y control.
- Disponer de lugares habilitados para el aislamiento de los casos y la cuarentena de los contactos (centros de aislamiento o cuarentena) que garanticen que estas medidas se implementan de forma eficiente en aquellas situaciones en las que no se puedan aplicar en los domicilios o lugares de residencia.
- Implementar la estrategia de comunicación de riesgo para garantizar que la población comprende la situación y las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud que debe adoptar y así conseguir una buena respuesta y que contribuya al control de la epidemia.
3.2 CAPACIDADES EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN SANITARIA
En este ámbito, los servicios sanitarios de las comunidades autónomas deben:
- Activar los planes de contingencia en Atención Primaria y hospitalaria de forma adaptada a cada escenario tomando como referencia los elementos definidos en las listas de verificación de los Anexos II y III
- Garantizar capacidad suficiente de recursos humanos y materiales tanto en atención primaria como en hospitalaria que permita dar respuesta a la actividad extra asociada a un incremento de transmisión del SARS-CoV-2.
- Asegurar la aplicación de las políticas de prevención de riesgos laborales en todos los centros, incluyendo las medidas de carácter organizativo, de formación e información, de protección colectiva, y de protección personal, garantizando la disponibilidad de Equipos de Protección Individual adecuados al tipo de atención, así como formación del personal en su utilización.
- Disponer de una capacidad suficiente de camas de agudos y de cuidados críticos con capacidad de respiración mecánica invasiva:
- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 1,5 y 2 camas de cuidados críticos por cada 10.000 habitantes
- Disponer o tener acceso o capacidad de instalar en un plazo máximo de cinco días entre 37 y 40 camas para enfermos agudos por cada 10.000 habitantes.
- Facilitar la movilidad voluntaria de profesionales entre centros sanitarios o entre CCAA cuando se precise, de acuerdo a la legislación. A estos efectos, se adoptarán las medidas de coordinación necesarias entre el Ministerio de Sanidad y las autoridades sanitarias autonómicas.
- Disponer de capacidad para el manejo y seguimiento en Atención Primaria de los casos leves y leves-moderados que no precisen de atención hospitalaria, mediante acceso a marcadores de evolución y/o exploraciones complementarias (considerando especialmente el Dímero D, Exploraciones radiológicas).
- Disponer de un plan de atención COVID-19 en domicilio liderado desde la Atención Primaria, garantizando el personal suficiente y el equipamiento de protección adecuado.
- Disponer de una estrategia con circuitos diferenciados de atención a pacientes COVID-19 y no COVID-19 garantizando la calidad asistencial y la seguridad.
- Establecer mecanismos para la atención específica y segura a pacientes vulnerables, especialmente a los pacientes crónicos, a los pacientes de salud mental y a los pacientes de alta complejidad, tanto de forma presencial como telemática.
- Garantizar la atención a las actividades priorizadas de la atención habitual como los programas de vacunación y los programas de atención a pacientes crónicos y la atención urgente. Establecer mecanismos para evitar la suspensión de la atención sanitaria necesaria a pacientes que requieran diagnóstico o tratamiento que no permitan demora.
- Establecer mecanismos para una adecuada calidad y seguridad en la continuidad asistencial y traspaso de pacientes entre servicios y niveles asistenciales.
- Asegurar la aplicación de las políticas de prevención y control de la infección en todos los centros, incluyendo la capacitación del personal en esta materia y reforzando la adecuada higiene de manos, uso adecuado de antibióticos y prevención de infecciones por organismos multirresistentes, uso adecuado de los dispositivos médicos y uso seguro de los medicamentos.
- Actualizar las guías de manejo clínico de casos COVID-19 en los diferentes ámbitos del sistema sanitario asistencial, incluyendo criterios orientadores para la toma de decisiones clínicas en situaciones de restricción de recursos sanitarios.
- Establecer las medidas oportunas para la dispensación de medicamentos en modalidad no presencial, garantizando la óptima atención con la entrega, si procede, de los medicamentos en centros sanitarios o en establecimientos sanitarios autorizados para la dispensación de medicamentos próximos al domicilio del paciente, o en su propio domicilio.
- Facilitar el regreso al funcionamiento habitual en el ámbito asistencial.
- Garantizar programas de ayuda psicológica a los profesionales sanitarios y a los pacientes que lo precisen con motivo de la pandemia por SARS-CoV-2.
- Establecer mecanismos que permitan el acompañamiento del paciente en situación crítica, especialmente en el final de su vida, en condiciones seguras para la familia y para los profesionales.
3.3 CAPACIDADES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN COLECTIVA
3.3.1 Medidas no farmacológicas o de protección y prevención en el ámbito comunitario
Las medidas no farmacológicas reducen el contacto entre personas enfermas y sanas y el riesgo individual de infección. Se trata de medidas en las que se ha demostrado la eficacia, sobre todo cuando se aplican de manera combinada.
En este apartado se propone tanto las medidas no farmacológicas como las estrategias para facilitar su implementación:
- Implementar las medidas de prevención e higiene dirigidas al control de la propagación, que se desarrollan en detalle en el Anexo IV, e incluyen entre otras: la higiene de manos, la higiene respiratoria, las medidas que faciliten el mantenimiento de la distancia interpersonal, la utilización de mascarillas y las medidas de higiene y limpieza.
- Disponer de estrategias de prevención que recojan aspectos relacionados con la organización de espacios y horarios, coordinación con el sistema asistencial, procedimientos sobre manejo de casos, crear grupos de convivencia estable, colaboración con salud pública y una reorganización de las actividades en función del escenario. Estas estrategias deben ser tenidas en cuenta para minimizar el riesgo de brotes epidémicos en entornos especialmente vulnerables como residencias para las personas mayores, personas con discapacidad o centros de salud mental y centros de acogida o albergues.
- Trabajar en la acción y coordinación intersectorial necesarias para disminuir la exposición facilitando las medidas de distanciamiento físico, higiene de manos y mascarillas, en entorno laboral y espacios públicos.
- Garantizar el cumplimiento de las medidas no farmacológicas mediante una estrategia de comunicación que facilite la información necesaria, la justificación de la misma y la adquisición de las habilidades que sean necesarias para que las medidas sean efectivas, así como una acción comunitaria contextualizada y apoyada en las redes comunitarias de cada territorio.
3.3.2 Medidas farmacológicas
En la actualidad no existe ninguna terapia eficaz frente a la COVID-19 en ningún escenario clínico, ni preventivo ni terapéutico.
Sin embargo, el plasma procedente de pacientes recuperados de COVID-19 (PCC) puede ser una alternativa terapéutica potencialmente útil para esta enfermedad. Tal como viene recomendando el Comité Científico para la Seguridad Transfusional, y en línea con las Directrices de la Comisión Europea en base al probable impacto beneficioso de su utilización, es conveniente que los Centros de Transfusión, evalúen su capacidad de extracción, preparación y almacenamiento de este tipo de donación, con la finalidad de disponer de stock de plasma hiperinmune para futuras demandas.
La Comisión Europea señala que el uso de PCC se ha visto reforzado con nuevos estudios que han proporcionado no solo la evidencia sólida de que la transfusión de PCC es segura, sino que también apoyan la idea de que una administración temprana dentro del curso clínico de la COVID-19 es probable que contribuya a reducir la mortalidad.
Todavía no hay disponibles vacunas frente al COVID-19, aunque hay diferentes desarrollos en marcha a nivel mundial, además de mecanismos regulatorios especiales para poder disponer de ellas cuanto antes. Por ello es necesaria la preparación frente a un incremento de la transmisión, tener acceso a una vacuna segura y eficaz cuando la haya y prever la coexistencia del COVID-19 con la circulación del virus de la gripe estacional. En este sentido, las acciones que se proponen son:
i. Adquisición de vacunas frente al COVID-19
Se estima que las primeras vacunas estarán autorizadas a lo largo del año 2021, pero es aún pronto para conocer la eficacia y seguridad de las diferentes vacunas. En el momento actual se está contemplando el desarrollo de diferentes tipos: de virus atenuados o inactivados, utilización de vectores víricos replicativos o no replicativos, de subunidades proteicas, de partículas con estructura similar al virus salvaje, de ARN o de ADN.
Sin embargo, es posible que antes de la autorización se disponga de algunas dosis, todavía sin determinar, ya que los desarrolladores están fabricando a máximas capacidades aun no teniendo autorización con el fin de tener una producción suficiente en el momento de su aprobación, y también con el fin de que estén disponibles para una eventual emergencia epidemiológica que justificara su uso tras una evaluación riesgo-beneficio. La utilización de esas primeras dosis se realizaría teniendo en cuenta los datos disponibles de eficacia y seguridad de cada vacuna, así como las características epidemiológicas de la COVID-19.
En cualquier caso, teniendo en cuenta que la disponibilidad de vacunas será paulatina, será necesario priorizar los grupos de población que se vacunarán de manera progresiva, en función de las características de vulnerabilidad y de exposición a la enfermedad de los diferentes colectivos, así como teniendo en cuenta el perfil de eficacia y seguridad de cada vacuna.
El Ministerio de Sanidad está trabajando, junto con la Comisión Europea y los países de la Unión Europea, para disponer de vacunas frente a COVID-19 cuanto antes. A este respecto, España se ha sumado a la compra de vacunas que realizará la Comisión Europea, a través de la llamada Alianza Inclusiva por la Vacuna del COVID-19, que pretende facilitar el desarrollo y acceso a las dosis necesarias de vacunas seguras y eficaces en el menor tiempo posible, tanto en países de la Unión Europea como en terceros. La finalidad es proteger a toda la ciudadanía garantizando un acceso equitativo y en igualdad de condiciones a las dosis disponibles, asegurando que todo el proceso de compra y distribución se lleve a cabo de manera transparente, equitativa y con unos estándares de seguridad y eficacia de la vacuna iguales entre todos los países miembros.
España está representada, a través de la directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el órgano que adoptará las decisiones acerca de cada proceso de compra anticipada, que monitoriza el desarrollo de las vacunas y que garantizará la transparencia y buena gobernanza del proceso de adquisición y distribución.
Además, España también se ha incorporado al equipo negociador del Acuerdo de Compra Anticipada de Vacunas frente al COVID-19 de la Unión Europea, formado por representantes de seis países más: Alemania, Francia, Holanda, Suecia, Polonia e Italia. Dicho equipo ejerce de interlocutor único ante las diferentes empresas que están desarrollando candidatos a vacuna contra el nuevo Coronavirus.
Por otro lado, en España, en estos momentos hay más de 10 proyectos de investigación sobre vacunas financiados por el Ministerio de Ciencia e Innovación. Ninguno de ellos está, actualmente, en fase de ensayos clínicos en humanos, pero dos grupos están ya realizando ensayos en animales y otros dos esperan poder hacerlo entre los meses de junio y agosto.
De todos estos grupos, cuatro plantean el inicio de la fase de ensayos en humanos en diciembre de 2020 y cinco tienen ya contactos con empresa españolas interesadas en su producción.
ii. Compra extraordinaria de vacunas frente a la gripe
La gripe es una enfermedad respiratoria aguda que se presenta como una epidemia anual, con inicio en los meses de noviembre y diciembre, y duración aproximada de 13 semanas, que suele provocar presión en el sistema asistencial.
La epidemia de la gripe es un importante problema de salud, tanto por la mortalidad que puede provocar directa o indirectamente y las complicaciones que puede ocasionar, así como por los costes económicos y sociales que origina.
El conocimiento científico actual no ha desarrollado un tratamiento específico altamente efectivo para la gripe, por lo que la vacunación es considerada la medida más eficaz para prevenir tanto la enfermedad como sus complicaciones, especialmente en las personas que tienen un mayor riesgo de sufrir complicaciones graves de la enfermedad, como son las personas mayores o las personas con enfermedades crónicas. En la actualidad, se dispone de vacunas muy seguras frente a la gripe, con impacto demostrado sobre la enfermedad grave y la mortalidad.
La vacunación de la gripe debe realizarse cada año, ya que el virus tiene una gran capacidad para mutar, por lo que anualmente se desarrolla una vacuna específica contra la cepa concreta del virus de la gripe de ese año.
La actual pandemia de COVID-19 ha ocasionado una altísima sobrecarga del sistema asistencial en España. Y aunque actualmente la situación ha mejorado, el virus sigue estando presente y no es posible descartar que haya una nueva oleada epidémica que además coincida temporalmente con la gripe.
Además, existe la posibilidad infección simultánea en la misma persona por ambos virus, sin que todavía esté claro el efecto que esta coinfección puede provocar.
Ante la situación de eventual coincidencia de ambas epidemias, sin tratamiento específico altamente efectivo contra ninguno de los dos virus, se considera prioritario prevenir el impacto de la gripe en este otoño-invierno aumentando su cobertura de vacunación.
La prevención de la gripe mediante vacunación puede prevenir también la sobrecarga del sistema asistencial y las posibles coinfecciones, incluyendo las trasmisiones nosocomiales en los centros sanitarios.
Por estas razones, es de especial importancia que este año se alcancen altas coberturas de vacunación siguiendo las recomendaciones aprobadas para esta temporada 2020-2021, especialmente en las personas que tienen un mayor riesgo de presentar complicaciones y en las personas que pueden transmitir la enfermedad a otras que tienen un alto riesgo de complicaciones (como el personal sanitario y socio sanitario).
En este aspecto, el Ministerio de Sanidad impulsa anualmente un Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe estacional desde la temporada 2011-2012. Estos Acuerdos Marco son un instrumento de cohesión que permite a las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y otros organismos que voluntariamente deciden participar, la utilización de un precio común y criterios homogéneos para la adquisición de vacunas.
En el Acuerdo Marco para la selección de suministradores de vacunas frente a la gripe para la temporada 2020-2021 participarán 12 comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y Melilla y otros Organismos de la Administración.
Los objetivos para esta próxima temporada 2020-2021 son alcanzar o superar coberturas de vacunación del 75% en mayores a partir de 65 años y en el personal sanitario y socio-sanitario, así como superar el 60% en embarazadas y en personas con condiciones de riesgo. Estos objetivos están en consonancia con los establecidos por la OMS y por la Comisión Europea.
Cuando comenzó la pandemia de COVID-19, los procesos de compra de vacunas de gripe y el Acuerdo Marco estaban en ya marcha y resultaba complicado modificar el número de dosis. Por ello, dada la prioridad en el refuerzo de la cobertura vacunal y el complejo mercado internacional para la adquisición de vacunas, el Ministerio de Sanidad ha realizado una compra extraordinaria de 5,2 millones de dosis de vacuna frente a la gripe que complementará la adquisición de vacunas realizada por las comunidades autónomas.
Estas vacunas adquiridas de forma extraordinaria por el Ministerio de Sanidad se repartirán entre las comunidades autónomas para su administración a la población diana de vacunación.
De forma paralela, el Ministerio de Sanidad está trabajando en una campaña de comunicación dirigida al personal sanitario y a la población mayor y con condiciones de riesgo.
iii. Investigación clínica sobre la COVID-19
El Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), como principal agencia de financiación de la investigación aplicada en Ciencias de la Salud, está financiando ensayos clínicos para todos los escenarios clínicos e impulsando nuevas vacunas mediante estrategias complementarias a las desarrolladas por compañías y países. De igual manera, el ISCIII está evaluando agrupando toda la información clínica procedente de los pacientes de todo el país con el fin de explotar de forma masiva los datos procedentes de pacientes reales y evaluar así el impacto que, en condiciones de uso real, están teniendo las diferentes aproximaciones terapéuticas sean estas financiadas o no por el propio ISCIII.
Por su parte, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) monitoriza continuamente la evolución de los resultados de los ensayos clínicos relativos al uso de medicamentos para el tratamiento o la profilaxis de la infección respiratoria por SARS-CoV-2. Recientemente la Comisión Europea ha autorizado de forma condicional a Veklury (Remdesivir) para el tratamiento de la COVID-19 en adultos y adolescentes mayores de 12 años con neumonía que requiere oxígeno.
Por otro lado, hasta la fecha, la AEMPS ha autorizado un total de 95 ensayos clínicos con medicamentos, aunque sigue sin existir, de momento, evidencia científica suficiente para recomendar un tratamiento específico para SARS-CoV2.
En todo el mundo se han autorizado más de 1.600 ensayos clínicos con medicamentos, lo que sitúa a España entre los cinco primeros países a nivel mundial en ensayos clínicos para la COVID-19.
Es necesario recordar que la investigación clínica es una prioridad en el ámbito internacional y que los esfuerzos en investigación se están llevando a cabo en red para compartir toda la información relevante y los resultados publicados a este respecto.
La AEMPS ha recibido un gran número de solicitudes de diferentes tipos de estudios clínicos. Los ensayos clínicos tienen un espacio propio en el que se publican sus características, el Registro Español de estudios clínicos, y la AEMPS ha puesto a disposición una web específica para los ensayos COVID19 .
Por otra parte, los estudios observacionales, que son tramitados por la AEMPS de acuerdo con su normativa propia, se han hecho accesibles en la página web de la AEMPS mediante un listado, que se actualiza semanalmente.
3.4 ESTRATEGIA DE COMUNICACIÓN Y CONCIENCIACIÓN
La comunicación de riesgos en Salud Pública es una herramienta imprescindible para mitigar el impacto social y económico que puede suponer una crisis de Salud Pública. La información transparente, veraz, rigurosa, comprensible y accesible, así como la escucha de las inquietudes y necesidades informativas de la ciudadanía refuerza además la confianza en la gestión de la crisis con una comunicación efectiva.
En este sentido, es fundamental para el control de la pandemia mantener una comunicación proactiva y bidireccional, estableciendo canales de escucha y diálogo entre las instituciones y la población. Esta comunicación efectiva posibilita un mejor cumplimiento de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud por parte de la población. Además, para mejorar el alcance y que la comunicación sea inclusiva es necesario contemplar y adaptar a las necesidades de los diferentes grupos y aspectos relacionados con el contenido, formato y canales de difusión.
Esto permite conocer percepciones de riesgo, lagunas informativas y comportamientos, proporcionar a los grupos vulnerables información adaptada a sus circunstancias y ejercitar el derecho a entender y recibir información sobre los riesgos de salud y a participar activamente en la respuesta, así como evaluar la efectividad y alcance de la comunicación.
Todo ello requiere una adecuada planificación. Por ello, se dispone de una Estrategia de comunicación a la ciudadanía que contempla los diferentes escenarios y actuaciones, así como los recursos necesarios para cada uno de ellos.
Para la implementación de esta Estrategia se ha articulado un equipo de trabajo multidisciplinar y transversal, en el que participan la Subdirección de Promoción de la Salud y Vigilancia en Salud Pública, el CCAES, la Subdirección General de Atención al Ciudadano y el Gabinete de Prensa del Ministerio de Sanidad, así como los responsables de la Secretaría de Estado de Comunicación.
Durante toda la pandemia se han desarrollado materiales divulgativos específicos que se han publicado en la web sobre COVID-19 dirigida a ciudadanía del Ministerio de Sanidad, en redes sociales y a través de los medios de comunicación, con distintos formatos de materiales divulgativos (infografías, documentos, vídeos…) con el objetivo de dar a conocer a la ciudadanía información sobre COVID-19, iniciativas, medidas y recomendaciones realizadas desde el inicio de la epidemia.
Asimismo, se han elaborado también materiales para el mejor control de las enfermedades crónicas y para tratar de paliar el impacto del confinamiento en la salud y bienestar de la población. Todos ellos están en continua revisión para que se mantengan actualizados.
Además, se han realizado campañas de publicidad tanto generales como específicas para determinados colectivos como son la infancia, los jóvenes, colectivos sanitarios o personas mayores. Entre ellas, se ha realizado una campaña en redes, #Nolotiresporlaborda para animar a la ciudadanía, y especialmente a los jóvenes, a mantener las medidas de distanciamiento social. Sin perjuicio de otras campañas que se puedan llevar a cabo, #Nolotiresporlaborda se seguirá utilizando en redes mientras dure la alerta sanitaria.
Por último, señalar que todos los materiales y campañas se han difundido también a las entidades locales y a las comunidades autónomas, a las sociedades científicas y al tejido asociativo.
3.5 RESERVA ESTRATÉGICA NACIONAL
La pandemia de COVID-19 ha generado una presión enorme sobre los sistemas asistenciales en todo el mundo. Es algo que también se ha comprobado en España, donde ha sido necesario reforzar todas las capacidades, tanto a nivel de vigilancia epidemiológica y servicios de Salud Pública como de Atención Primaria y Hospitalaria para poder hacer frente a la pandemia.
De manera general, los sistemas de provisión de material sanitario se habían venido desarrollando en un escenario en el que la inmediatez de la reposición permitía no necesitar altos volúmenes de almacenamiento de existencias. Este hecho, junto con el gran incremento de la demanda de material sanitario a nivel mundial asociado a la pandemia, ha tensionado los mercados internacionales de manera que los principales países productores, que venían supliendo una demanda estable, previsible y continuada, vieron incrementado el volumen de pedidos de forma exponencial y con solicitudes de plazos de entrega muy breves. Una demanda mundial que no pudo ser satisfecha por la oferta.
Este incontestable repunte en la demanda, asociado adicionalmente a un número de productores muy localizado, ha provocado un aumento significativo de los precios de todos los productos y equipos sanitarios. Y también ha introducido cambios significativos en estos mercados, tanto por el lado de la oferta (empresas que han reorientado su actividad) con una exigencia del pago por adelantado (incluso para compras de gobiernos) y venta de líneas de producción para un suministro periódico, como por el lado de la demanda (todos los países comprando los mismos productos en las mismas fábricas), empujando los precios al alza.
Por todo ello, se decidió reforzar al Ministerio de Sanidad para abordar estas compras de enorme complejidad en este contexto internacional, formándose un equipo interministerial y multidisciplinar, formado por profesionales del Ministerio de Hacienda, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
En este contexto tan complejo, gracias a las compras realizadas y a las donaciones recibidas, desde el 10 de marzo se ha venido repartiendo material a las comunidades autónomas para reforzar sus procesos de compra. De manera que, hasta el pasado 2 de julio, se han repartido casi 221,7 millones de unidades de productos sanitarios en todo el territorio, desglosados de la siguiente forma:
DISTRIBUCIÓN ENTRE CCAA ENTRE EL 10 DE MARZO Y EL 2 DE JULIO (unidades)
- Mascarillas 100.573.916
- Batas desechables-impermeables 313.553
- Gafas de protección 265.476
- Kits PCR diagnóstico y consumibles 1.552.024
- Kits de extracción 952.000
- Kits diagnóstico rápido 5.423.380
- Hisopos y torundas 61.880
- Guantes de nitrilo 71.389.056
- Solución hidroalcohólica (biocida y cosmética). 935.312
- Equipos de ventilación mecánica invasiva 4.781
- Equipos de ventilación mecánica no invasiva 2.694
3.5.1 Objetivo de la reserva estratégica
Ante esta situación de mercados tensionados y con objeto de garantizar una rápida respuesta ante nuevas ondas epidémicas o emergencias de Salud Pública, se considera fundamental garantizar una reserva estratégica a nivel nacional de productos críticos que pueda cubrir las necesidades de España durante un periodo determinado y que corresponda a una cobertura concreta de las necesidades.
Los principios básicos para la creación de esta reserva estratégica son el de prudencia y eficiencia. Además, se configura con los siguientes criterios esenciales:
- La reserva nacional se concibe como un refuerzo a las reservas estratégicas que están articulando las comunidades autónomas.
- Debe dar cobertura a una estimación de necesidades calculada en base a los consumos semanales declarados por las comunidades autónomas, es decir, en base a la situación real vivida en esta pandemia en nuestro país.
Esto es así ya que no hay precedentes recientes en España de una situación similar, por lo que no es posible estimar qué número de personas podrían estar afectadas en una potencial segunda oleada de la pandemia. Tampoco se puede asegurar que la oleada coincida en el tiempo en todo el territorio nacional, o si se producirá una transmisión más espaciada como ocurre con otros virus respiratorios.
La reserva debe ser eficiente, es decir, se debe vincular la utilización del material a la vida útil de los productos (fechas de caducidad) garantizándose la reposición previa para disponer de la reserva íntegra.
El almacenaje y la logística de la reserva estratégica nacional serán asumido por la Administración General del Estado y el criterio de reparto, en caso de ser necesaria su activación, se realizará en base a los criterios de necesidad y equidad.
3.5.2 Criterios para el desarrollo de la reserva estratégica
La reserva estratégica se está realizando en función de la estimación de necesidades para cada producto en base a los consumos semanales reales declarados por las comunidades autónomas y considerando la disponibilidad de productos, tanto por las adquisiciones realizadas en esta pandemia como por las futuras coberturas derivadas de la capacidad de producción nacional. Los criterios son los siguientes:
- Cobertura (en unidades): para su determinación se consideran los consumos semanales reales declarados por las comunidades autónomas conforme a la Orden SND/234/2020, de 15 de marzo, es decir, a la situación vivida en esta pandemia en nuestro país.
- Periodo de cobertura (en semanas): se indica como periodo de cobertura adecuado ocho semanas.
- Capacidad de producción nacional: se considera la capacidad de producción nacional, existente o prevista, dado que la reserva se centra en aquellos productos sobre los que el mercado nacional no puede dar respuesta.
Conviene tener en cuenta que muchos de los equipos y materiales que formarán parte de esta reserva ya han sido adquiridos por el Gobierno de España. Otros, como los guantes o las mascarillas FPP3, se adquirirán mediante un Acuerdo Marco que el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria está gestionando conjuntamente con las comunidades autónomas. En este sentido, en los contratos de adquisición se incluirán cláusulas que permitan la renovación de los productos evitando de este modo su caducidad.
3.5.3 Productos que forman parte de la reserva
Los productos sanitarios que forman parte de la reserva son aquellos que se consideran necesarios atendiendo a la experiencia vivida, al conocimiento actual y a la capacidad de producción nacional. En base a ello, los productos de la reserva son los siguientes:
3.5.3.1 Equipos de protección individual y productos sanitarios
En el caso de los equipos de protección individual y de productos sanitarios se dará cobertura al 25% del consumo medio total declarado por las comunidades autónomas durante dos meses. Los elementos incluidos serán:
- Mascarillas quirúrgicas
- Mascarillas FFP2 y FFP3
- Gafas de protección
- Guantes
- Buzos
- Batas
En lo referente a las mascarillas quirúrgicas y las mascarillas FFP2 esta cantidad será superior, dada su disponibilidad tras la adquisición.
3.5.3.2 Técnicas diagnósticas
En relación a las técnicas diagnósticas está previsto que la reserva dé cobertura al 100% de las necesidades totales durante 15 días, considerando una realización de 50.000 técnicas diarias. Las cantidades estimadas son las siguientes:
- Reactivos para realizar PCR/TMA: 750.000 reacciones con sus reactivos.
- En caso de PCR/TMA debe incluir 750.000 de kits de toma de muestra.
- En caso de PCR, 750.000 de reactivos de extracción.
Respecto a los test serológicos, y dada la rápida evolución de la ciencia en este producto, se considera oportuno que únicamente formen parte de la reserva estratégica aquellas unidades que estén disponibles tras la adquisición ya realizada.
3.5.3.3 Medicamentos
En el caso de los medicamentos, se ha determinado la necesidad de incluir en la reserva algunos principios activos necesarios para el manejo clínico del COVID-19 cuyo consumo en las semanas de mayor ocupación hospitalaria y de unidades de UCI, llegó al límite de lo que las plantas de fabricación en España podían proporcionar. Tras el análisis, se ha concluido la necesidad de que los siguientes principios activos formen parte de la reserva: Cisatracurio, Midazolam, Propofol y Dexmedetomidina.
Este stock de medicamentos solo se utilizaría en el caso de que el canal de suministro farmacéutico regular no pudiera abastecer la demanda hospitalaria.
La cantidad se estima en función de las DDD (Dosis Diaria Definida) necesarias para cubrir el tratamiento de los pacientes críticos intubados con una ocupación de 2.5 veces las camas de UCI habituales durante 7 días y asumiendo que el 75% de los pacientes requieren ventilación mecánica:
- Cisatracurio: 45 kilos de sustancia activa (ya disponibles)
- Midazolam: 13.984 gramos
- Propofol: 125.740 gramos
- Dexmedetomidina: 60 gramos
3.5.3.4 Equipos de ventilación mecánica
En lo referente a los equipos de ventilación mecánica invasiva, el objetivo es que la reserva estratégica de estos equipos no esté almacenada, sino que esté en uso y a punto en aquellos espacios donde se vayan a desplegar las camas de críticos (Unidades de Recuperación Post-anestésica, Hospitales de Día, Urgencias, etc.).
Solo se almacenarán aquellos equipos que no pudieran ser absorbidos en la actividad habitual. Para el resto, se propone una estrategia basada en ubicar o reubicar los nuevos equipos con funcionalidades ventilatorias más avanzadas en las unidades de atención a pacientes críticos –es decir, en las Unidades de Cuidados Intensivos y Unidades de Reanimación− y renovar así el parque tecnológico.
4 RESPUESTA Y GESTIÓN DEL RIESGO
4.1 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA Y SISTEMA DE ALERTA PRECOZ
En esta fase de la pandemia el propósito de la prevención y control es evitar incrementos en la incidencia de COVID-19, para lo cual es esencial realizar un seguimiento y un control estrecho de la situación epidemiológica que evite un nuevo incremento en la incidencia de COVID-19.
Para ello, disponemos de la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19, consensuada con todas las comunidades autónomas en la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta, la Comisión de Salud Pública y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el pasado 5 de mayo.
Los elementos clave para la vigilancia y la alerta precoz son:
- Aplicar los procedimientos de vigilancia correspondientes según la estrategia vigente (ver fuentes de información en Anexo V).
- Reforzar los sistemas de información necesarios para la vigilancia epidemiológica y alerta precoz en coordinación con el nivel asistencial, especialmente Atención Primaria.
- Garantizar una disponibilidad suficiente de recursos humanos, tecnológicos y organizativos, para responder a las obligaciones de los sistemas de vigilancia y alerta precoz manteniendo las actividades priorizadas en salud pública.
- Prever la necesidad de establecer la vigilancia de enfermedades respiratorias víricas ante la posible coexistencia del virus de la gripe y del SARS-CoV-2.
Los objetivos de la vigilancia y alerta precoz son:
- Generar información epidemiológica sólida y oportuna procedente de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica para la toma de decisiones
- Elaborar indicadores y evaluar la situación epidemiológica y detectar señales tempranas de riesgo, así como otras fuentes formales e informales para la obtención de señales tempranas de riesgo.
- Identificación de cambios en la presentación de la enfermedad, especialmente en los grupos vulnerables y pacientes crónicos.
- Caracterizar la situación inmune de la población a partir de estudios de seroprevalencia en la comunidad y en ámbitos de especial riesgo (nosocomial, residencias). El interés de disponer de información periódica de seroprevalencia ha sido recogido en los nuevos indicadores de Vigilancia propuestos por el Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC).
En esta línea, el Estudio Nacional de sero-Epidemiología se propone llevar a cabo tres rondas más de recogida de información para conocer la situación de la circulación del virus al inicio del otoño (octubre), en invierno (febrero) y en primavera (mayo). Además, colectivos de especial interés (residencias de ancianos, personal sanitario y otros) no bien caracterizados en ENE-COVID, serán objeto de estudios específicos.
4.2 EVALUACIÓN DEL RIESGO
En base a las señales de alerta temprana detectadas a partir de las actividades inteligencia epidemiológica, el CCAES realizará una evaluación de riesgo en coordinación con la comunidad autónoma en el seno de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta para verificar las señales de alerta detectadas y evaluar el riesgo de brotes localizados o incrementos de la transmisión que conlleven la activación de una respuesta de rápida.
Además de un seguimiento diario de la información disponible en los diferentes niveles de las administraciones, el Ministerio de Sanidad realizará una valoración semanal por comunidad autónoma, en base a la información disponible correspondiente a cada una de ellas.
La evaluación de riesgo para cada comunidad autónoma tendrá en cuenta:
- El ámbito territorial que se está evaluando (local, autonómico o supra autonómico).
- Los indicadores relativos a la capacidad de salud pública (situación y control epidemiológico) y capacidad asistencial (atención primaria y hospitalaria) de cada territorio que se esté evaluando (ver Anexo VI).
- Las situaciones en las que pueda haber afluencia de población procedente de países con mayor incidencia.
- La exposición, considerando un mayor riesgo en aquellas situaciones o entornos con alta concentración de personas, donde haya una interacción directa, en espacios cerrados o en los que no se mantenga una distancia física de seguridad o en condiciones sociales desfavorecidas.
- Las características de la población susceptible expuesta, por ejemplo, los entornos con personas de edad avanzada o determinadas patologías crónicas, población vulnerable
- La posibilidad de adoptar medidas de prevención y control teniendo una especial consideración en el contexto de brotes epidémicos. Las medidas no farmacológicas, por ejemplo, en colectivos donde se hayan instaurado medidas de sectorialización o esté organizado en cohortes estancas, podrán considerarse intervenciones parciales. Las medidas farmacológicas incluyen el posible uso de vacunas o medicación específica, medidas que por el momento están en desarrollo.
El resultado de la evaluación determinará la situación de riesgo en la que se encuentra el territorio y determinará cuáles son las medidas necesarias para contenerlo. En este sentido, el Ministerio de Sanidad podrá proponer recomendaciones a cada una de las comunidades autónomas.
El marco de intervención según el nivel de amenaza y el escenario se recoge en la Figura 1. Un mayor nivel de amenaza supondrá una presión mayor sobre el sistema sanitario y por tanto requerirá una intervención de salud pública más enérgica. En general, las instituciones deben prepararse para responder a cualquier escenario de salud pública, asumiendo que no existe un enfoque único para todos en la gestión de los casos y los brotes de COVID-19.
4.3 RESPUESTA GENÉRICA
Una vez realizada la evaluación de riesgo se adoptarán las medidas que sean necesarias para el control de la propagación en el ámbito local.
Si la situación epidemiológica sufre un agravamiento o las capacidades de respuesta se ven superadas, o el evento puede propagarse por varios territorios, fuera de la comunidad autónoma de origen, se podrán declarar la necesidad de adoptar actuaciones coordinadas en salud pública. Además de las mencionadas, estas situaciones pueden incluir:
- Una situación epidemiológica con un aumento, de forma sostenida en el tiempo, en el número de casos en los que no se encuentra un vínculo epidemiológico.
- Eventos súper-diseminadores.
- Evidencia de transmisión en eventos de masas.
- Afectación importante en población vulnerable con detección de un aumento de casos graves.
- Necesidad de implementar acciones sobre el control de la movilidad a nivel nacional o internacional.
En este contexto, las estructuras de coordinación, en determinados casos, permiten poner a disposición de las comunidades autónomas otras capacidades y recursos adicionales disponibles, por ejemplo, la reserva estratégica, o el control de la movilidad.
Hay que tener en cuenta que cuando la presión sobre el sistema asistencial se incrementa puede ser necesario adoptar medidas excepcionales. En este sentido, las medidas encaminadas a la reducción de la movilidad de las personas, se han mostrado altamente efectivas20 para controlar la transmisión del SARS-CoV-2 cuando el virus alcanza un elevado nivel de difusión. Sin embargo, hay que tener en cuenta que este tipo de medidas suponen un elevado coste social y económico, por lo que conviene implementarlas estudiando la situación caso por caso.
A continuación, se presenta un esquema de la activación progresiva de medidas de respuesta ante el empeoramiento de las situaciones epidemiológicas.
Brotes controlados o casos esporádicos limitados |
Brotes complejos o transmisión comunitaria esporádica |
Transmisión comunitaria no controlada |
MEDIDAS GENERALES |
||
Actuaciones continuas
|
Medidas adicionales
|
Medidas adicionales
|
MEDIDAS DE COMUNICACION | ||
Actuaciones continuas:
|
Medidas adicionales
|
Medidas adicionales
|
MEDIDAS DE PREVENCION Y PROTECCION COLECTIVA | ||
Actuaciones continuas:
|
Medidas adicionales:
|
Medidas adicionales:
|
4.4 RESPUESTAS EN ENTORNOS ESPECÍFICOS
Este apartado recoge las medidas específicas para gestionar las eventualidades y la escalada de las intervenciones en determinados entornos, así como otras actuaciones excepcionales. Estas medidas pueden adoptarse en varios ámbitos simultáneamente, en cualquier caso, siguiendo el principio de proporcionalidad en función del nivel de amenaza. Para facilitar su cumplimiento es necesario implementar una estrategia de comunicación que transmita los mensajes necesarios de forma contextualizada apoyada en las redes comunitarias.
4.4.1 Centros educativos
Los centros educativos son espacios de convivencia donde es necesario el establecimiento de medidas de prevención, higiene y promoción de la salud que posibiliten que sean entornos seguros y saludables y que se pueda realizar una detección precoz y adecuada gestión de los casos, en función de lo establecido por la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control.
- Los centros escolares deben colaborar con la transmisión de información a Salud Pública para la recopilación y verificación de la información para poder planificar e intervenir de forma adecuada.
- Los centros escolares deben disponer de un protocolo de actuación ante la detección de un caso compatible con COVID-19 que garantice el aislamiento del caso y su notificación al sistema sanitario.
- La detección de un brote debe ir acompañada de una evaluación del riesgo, en coordinación con Salud Pública. Según el resultado de la evaluación se adoptarán medidas de forma escalonadas, que entre otras incluyen:
- La intensificación de las medidas de prevención.
- El cierre parcial de una cohorte estanca, el cierre de un nivel escolar, o el cierre de un grupo de aulas con actividades compartidas,
- El cierre completo del centro escolar, así como de todos los centros escolares de un territorio delimitado si el nivel de riesgo así lo recomienda,
- Una alternativa al cierre de los centros escolares es permitir modalidades de educación mixta (combinando educación a distancia y presencial) teniendo en cuenta las necesidades del alumnado más vulnerable, con distintas capacidades, incluyendo las capacidades tecnológicas que le permitan seguir el curso a distancia.
- Las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado para explicar la situación con el fin de adecuar el nivel de riesgo percibido al nivel real, así como la transmisión en tiempo y de manera comprensible y accesible de las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud necesarias para el control de la transmisión.
Tabla 1: Actuaciones en centros escolares
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
|
Medidas de contención
|
Medidas de contención
|
4.4.2 Centros sanitarios
- Los centros sanitarios deben colaborar con la transmisión de información de calidad a salud pública para la recopilación y verificación de la información para poder planificar e intervenir de forma adecuada (tabla 2).
- La detección de un caso debe notificarse con la diligencia requerida a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas oportunas como son el aislamiento del caso y la indicación de cuarentena a los contactos estrechos.
- Los Servicios de Medicina Preventiva (SMP) de los centros deben realizar una evaluación de riesgo para determinar el riesgo de propagación.
- Se deben aplicar las recomendaciones para la Prevención y control de la infección en el manejo de pacientes con COVID-19 y evaluar la aplicación de las políticas de prevención y control de la infección en todos los centros.
- Se debe garantizar la formación por parte del servicio de Medicina Preventiva de todo el personal habitual y de nueva incorporación sobre las medidas de prevención e higiene y sobre la utilización de equipos de protección individual, así como fortalecer los programas de seguridad del paciente.
- Garantizar un servicio de atención personalizada de Salud Mental a los trabajadores y poner en marcha un programa de prevención de posibles alteraciones de la salud mental.
- Implementar los programas de prevención de infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria y estrategias de programación quirúrgica segura.
Tabla 2: Actuaciones en centros sanitarios
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
|
Medidas de contención
|
Contención intensificada
|
4.4.3 Centros sociales y centros socio-sanitarios residenciales
La COVID-19 ha tenido un gran impacto en este tipo de centros debido a sus características especiales, donde se da un contacto estrecho de personas altamente vulnerables. Es prioritario por lo tanto evitar la introducción del virus en estos centros para lo que se recomienda seguir las actualizaciones de las recomendaciones propuestas por las autoridades sanitarias.
- Los centros sociales y los centros socio-sanitarios de tipo residencial públicos y privados deben colaborar en la recopilación, verificación y notificación de los datos para poder planificar e intervenir de forma adecuada. Se recomienda la adopción de sistemas de vigilancia reforzados en estos entornos.
- Los centros socio sanitarios deben disponer de un plan de contingencia adaptado a las características de cada centro y dirigidos a la prevención y a la respuesta ante la eventual aparición de casos de COVID-19.
- La detección de un caso en un centro social o socio-sanitario de tipo residencial es indicativo de brote y debe notificarse a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas oportunas, como son el aislamiento del caso y la indicación de cuarentena de los contactos estrechos, tal y como se indica en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control. Se realizará una búsqueda activa de casos y se valorará hacer estudios de cribado en el resto de residentes y profesionales si la situación lo requiere.
- La escalada de medidas en el entorno local ante situaciones de transmisión comunitaria esporádica y comunitaria no controlada podrá incluir:
- La restricción de las visitas sin vinculación profesional con el centro, a no ser que sea estrictamente necesario.
- Valorar la restricción de las salidas del centro para los residentes según la evaluación del riesgo local.
- Cambios organizativos como la sectorización de los espacios, utilización cita previa o la organización en cohortes fijas.
- Las autoridades competentes y las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado con los responsables de los centros para comunicar la situación y valorar conjuntamente la implementación de medidas oportunas.
Tabla 3: Actuaciones en centros socio sanitarios
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control Definición de estrategias de cribados aleatorios, secuenciales u oportunistas |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control Definición de estrategias de cribados aleatorios, secuenciales u oportunistas |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control Definición de estrategias de cribados aleatorios, secuenciales u oportunistas |
Medidas de preparación
|
Contención intensificada
|
4.4.4 Centros penitenciarios
Aunque no ha tenido un gran impacto en los centros penitenciarios debido a las medidas de aislamiento precoz que se pusieron en marcha al inicio de la pandemia, por sus características especiales y con un contacto estrecho de personas con patologías crónicas, la aparición de un brote de COVID-19 en uno de estos centros podría suponer un grave problema. Es prioritario por lo tanto evitar la introducción del virus en los centros penitenciarios para lo que se recomienda seguir las actualizaciones de las recomendaciones propuestas por las autoridades sanitarias .
- Los centros penitenciarios deben colaborar en la recopilación, verificación y notificación de los datos para poder planificar e intervenir de forma adecuada. Se recomienda la adopción de sistemas de vigilancia reforzados en estos entornos.
- Los centros penitenciarios deben disponer de un plan de contingencia adaptado a las características específicas de cada centro y dirigidos a la prevención y a la respuesta ante la eventual aparición de casos de COVID19.
- La detección de un caso en un centro penitenciario debe notificarse a las autoridades sanitarias inmediatamente para adoptar las medidas oportunas, como son el aislamiento del caso y sus contactos íntimos, así como la indicación de cuarentena del módulo residencial. Se realizará una búsqueda activa de casos y se valorará hacer estudios de cribado en el resto de residentes y profesionales si la situación lo requiere.
- La escalada de las medidas en el entorno local podrá incluir:
- La cuarentena de las personas que ingresen en el centro penitenciario y que regresen de un permiso de salida, según la evaluación del riesgo local.
- La restricción de las visitas a las personas privadas de libertad que supongan un contacto físico, a no ser que sea estrictamente necesario por razones profesionales.
- La restricción de las salidas de permiso para los residentes del centro penitenciario, según la evaluación del riesgo local.
- El aislamiento completo del centro penitenciario, así como de todos los centros penitenciarios de un territorio delimitado si el nivel de riesgo así lo recomienda.
- Las autoridades competentes y las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado con los responsables de los centros para comunicar la situación y valorar conjuntamente la implementación de medidas oportunas.
Tabla 4: Actuaciones en centros penitenciarios
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
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Contención intensificada
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4.4.5 Entorno laboral
Los centros de trabajo son ámbitos donde el riesgo de exposición es muy heterogéneo y la caracterización del mismo debe hacerse de forma coordinada con los servicios de prevención de riesgos laborales y los agentes sociales implicados.
- Los centros de trabajo y los servicios de prevención de riesgos laborales (SPRL) deben colaborar para la recopilación, registro y verificación de la información para poder planificar e intervenir de forma adecuada.
- La detección de un caso debe ponerse en conocimiento del servicio de prevención de riesgos laborales y notificarse con diligencia a las autoridades sanitarias para adoptar las medidas oportunas, como son el aislamiento del caso y la indicación de cuarentena de los contactos estrechos.
- La detección de un brote debe ir acompañada de una evaluación del riesgo del servicio de prevención de riesgos laborales en coordinación con Salud Pública de propagación de la enfermedad. Entre las opciones de escalada de las medidas de respuesta se pueden considerar las siguientes:
- la intensificación de las medidas de prevención en el centro laboral,
- el cierre del espacio afectado, si se ha organizado en sectores independientes, o el cierre del centro de trabajo.
- Se deben actualizar los planes de continuidad para garantizar un nivel de actividad laboral en previsión de un incremento de la incidencia.
- Las medidas de distanciamiento en el entorno laboral contemplan la flexibilidad en el horario de trabajo, la posibilidad de trabajar desde el domicilio, realizar reuniones por video-conferencia, fomentar medidas de distanciamiento físico dentro del espacio de trabajo, turnos escalonados, la promoción del uso de medidas de protección individual, etc. Cada sector de actividad deberá adecuar las medidas de prevención al riesgo del trabajo desempeñado.
- Las autoridades sanitarias mantendrán un contacto fluido y continuado con el servicio de prevención de riesgos laborales para valorar conjuntamente la situación e implementar medidas acordes con el riesgo de forma coordinada.
- La Inspección de Trabajo está habilitada para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento por parte de las empresas de las medidas de salud pública establecidas para la protección de los trabajadores.
Tabla 5: Actuaciones en centros laborales
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
|
Medidas de contención
|
Medidas de contención
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4.4.6 Poblaciones socialmente vulnerables
Determinados contextos con poblaciones en situación de vulnerabilidad o exclusión social pueden dificultar el manejo de los casos y el control de la enfermedad, así como suponer un riesgo adicional para la propagación de la transmisión de la enfermedad. En estos casos, se debe:
- Garantizar que todas las personas socialmente vulnerables tienen acceso los servicios de prevención, diagnóstico y atención sanitaria en el Sistema Nacional de Salud, especialmente si están diagnosticadas de COVID-19 o han estado en contacto estrecho con un caso.
- Garantizar espacios adecuados para las medidas de aislamiento o cuarentena, cuando las viviendas no reúnen las condiciones necesarias. Los espacios cerrados, mal ventilados y con hacinamiento suponen un riesgo especialmente elevado de propagación del SARS-CoV-2.
- Abordar los determinantes sociales en el riesgo de propagación y tenerlos en cuenta para modular la intensidad de las intervenciones.
Tabla 6: Actuaciones en entornos socialmente vulnerables
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
|
Medidas de contención
|
Contención intensificada
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4.4.7 Migrantes que acceden de forma irregular
Las personas que llegan a España por vías migratorias irregulares, sin atravesar puntos fronterizos oficiales (en muchos casos mediante embarcación tipo patera a las zonas costeras o saltando vallas fronterizas), son una población especialmente vulnerable frente al COVID-19, ya que durante su viaje migratorio pasan por condiciones de hacinamiento y precariedad que aumentan claramente el riesgo de infección.
Por esta razón es importante detectar los casos de COVID-19 entre estas personas de forma precoz, mediante la asistencia sanitaria oportuna, y la aplicación de las medidas de prevención y control para evitar la difusión de la enfermedad.
Por todo ello, se adoptarán medidas específicas para el diagnóstico precoz de las personas que acceden a nuestro país de forma irregular, que serán establecidas en el correspondiente protocolo que ya está siendo trabajado con las autoridades sanitarias autonómicas.
4.4.8 Entornos con alta concentración de personas
Se ha observado un aumento del riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en aquellos establecimientos o eventos con una elevada concentración de personas, en espacios cerrados y mal ventilados, donde se da un contacto estrecho entre quienes asisten ante la introducción de personas infectadas.
Fuera del ámbito sanitario y socio-sanitario se ha vinculado la aparición de brotes al tipo de espacios y actividades que reúnen estas características, especialmente si las personas hablan en voz alta o cantan, dado que un mayor volumen de la voz parece estar asociado con una mayor propagación de gotas respiratorias.
Estos entornos incluyen actividades y eventos religiosos, culturales o deportivos. También otros establecimientos donde puedan darse aglomeraciones como por ejemplo la hostelería, establecimientos turísticos, velatorios o lugares de culto.
- La decisión de cancelar un evento o cerrar un establecimiento debe seguir a una evaluación del riesgo34 teniendo en cuenta la situación epidemiológica local y gravedad de la epidemia, y el momento, la duración, el tipo del lugar de reunión (interior/exterior), el tamaño del evento y la zona de procedencia de los asistentes (afectados o no afectados), entre otros.
- En establecimientos en los que haya una elevada concurrencia de personas, puede considerarse la implementación de medidas de contención especialmente orientadas a la disminución del contacto entre personas, como la limitación o reducción de los aforos, el cierre de los espacios comunes o el cierre total del lugar.
- En caso de eventos o actividades que puedan suponer una afluencia masiva de personas, las medidas pueden incluir la cancelación, el aplazamiento o la reorganización de un evento y otras medidas organizativas de mitigación de riesgos, así como mecanismos de reembolso que faciliten que las personas con síntomas no acudan a los eventos en los que se prevé una concentración de personas.
Tabla 7: Actuaciones en entornos con alta concentración de personas
Actuaciones basales |
Actuaciones ante un caso |
Actuaciones ante un brote |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Comunicación fluida y continuada con las autoridades de salud pública Implementación de medidas de higiene, prevención y control |
Medidas de preparación
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Medidas de contención
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Contención intensificada
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5 REFUERZO DE LOS SERVICIOS DE SANIDAD EXTERIOR
El principal objetivo al declarar una Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) es garantizar la seguridad sanitaria mediante la aplicación del Reglamento Sanitario Internacional, 2005 (RSI-2005), cuya finalidad y alcance es prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública, evitando al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico de personas y mercancías y el comercio internacional.
En el momento actual, la situación de ESPII originada por COVID-19 se mantiene, y muchos países y zonas del mundo se encuentran en una situación epidemiológica muy desfavorable. El Comité de Emergencias de la Organización Mundial de la Salud ha insistido a los países a estar preparados para contener la enfermedad e interrumpir la propagación del virus, adoptando medidas firmes para detectar, aislar y tratar los casos de manera precoz, hacer seguimiento de los contactos y promover medidas de distanciamiento social acordes con el riesgo.
Asimismo, ha recomendado aplicar medidas adecuadas en materia de viajes, teniendo en cuenta sus beneficios para la salud pública, en particular en el cribado de entrada y salida, la educación de los viajeros sobre un comportamiento responsable durante los viajes, la localización de casos, y el rastreo, aislamiento y cuarentena de los contactos.
Por tanto, en el escenario actual de control, es prioritario mantener los mecanismos adecuados en los puntos de entrada para prevenir la llegada en España de casos de COVID-19 procedentes del extranjero que pudieran generar brotes en nuestro país.
Desde el punto de vista competencial cabe recordar que, con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.16ª de la Constitución Española, el Ministerio de Sanidad tiene competencia exclusiva en materia de Sanidad Exterior. Son actividades de su competencia todas aquellas que se realizan en materia de vigilancia y control de los posibles riesgos para la salud derivados de la importación, exportación o tránsito de mercancías y del tráfico internacional de viajeros.
Por ello, teniendo presente en el ámbito aeroportuario lo contemplado en las Directrices EASA/ECDC (siglas en inglés de la Agencia Europea de Seguridad Aérea y del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades, respectivamente) y en base a las recomendaciones internacionales de salud pública en el marítimo, se han establecido los necesarios controles sanitarios en puertos y aeropuertos, para limitar la introducción de casos importados y avanzar en la consecución de un entorno seguro desde el punto de vista sanitario que ofrezca también confianza a los viajeros.
5.1 Controles sanitarios en puertos y aeropuertos
Corresponde al Ministerio de Sanidad determinar los controles sanitarios necesarios a los que deben someterse todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima, así como el alcance de dichos controles, siendo el responsable de su ejecución .
En este sentido, siguiendo las directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación con la pandemia COVID-19, elaborados por la Agencia de la Unión Europea de Seguridad Aérea (EASA) y el Centro Europeo para la Prevención y Control de enfermedades (ECDC), y aprobadas por el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo debidamente adaptadas para España, dichos controles sanitarios incluyen la toma de la temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.
En lo que se refiere al control de temperatura, se realiza de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5 ºC. La toma de la temperatura debe hacerse mediante termómetros sin contacto o por cámaras termográficas. No se almacenan datos personales ni las imágenes captadas por las cámaras termográficas, garantizándose la privacidad del pasajero en todo momento.
Las compañías navieras, bajo la supervisión de Sanidad Exterior, también toman la temperatura a los pasajeros en viaje internacional antes de su llegada a puerto español, siguiendo lo establecido en los protocolos.
En lo que se refiere al control documental, los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera del territorio español, deben cumplimentar un formulario de Salud Pública que permita realizar una evaluación del pasajero en relación con la COVID-19 y facilitar la localización de los contactos estrechos de casos confirmados que hayan coincidido en los medios de transporte internacional durante su periodo de transmisibilidad.
La cumplimentación del formulario de Salud Pública se debe realizar antes de llegar a España por vía electrónica a través de la dirección de internet: www.spth.gob.es o en mediante la aplicación gratuita SPAIN TRAVEL HEALTH-SpTH. Una vez cumplimentado el formulario se facilitará al pasajero un código QR que debe presentar en los controles sanitarios a la llegada a España.
A tal efecto, las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes aéreos vendidos aisladamente o como parte de un viaje combinado, deben informar a los pasajeros de la obligatoriedad de presentar el formulario de Salud Pública en el aeropuerto o puerto de destino.
Dichas medidas forman parte de un sistema global de detección de casos importados, complementarias e integradas en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control del COVID-19, cuyo éxito vendrá determinado por la identificación precoz de los mismos y la inmediata adopción de las oportunas medidas de control que impidan la difusión incontrolada de la enfermedad. Con este objetivo, Sanidad Exterior facilitará a las autoridades sanitarias autonómicas la información sobre los pasajeros que van a tener como residencia su ámbito territorial para la adopción de las medidas de seguimiento y control que correspondan, mediante un convenio de colaboración.
Aquellos pasajeros con una temperatura superior a 37,5ºC, o aquellos en los que, en base a la información contenida en el formulario de Salud Pública, o tras el control visual se sospeche que pudieran padecer COVID-19 u otra patología transmisible, son sometidos a una evaluación sanitaria, con el fin de determinar si existe sospecha de riesgo para la Salud Pública. Dicho control secundario incluye una nueva toma de la temperatura y una evaluación del estado clínico y epidemiológico por parte de profesionales sanitarios.
Si se confirma la sospecha de que el pasajero padece COVID-19 u otra patología que pueda suponer un riesgo para la Salud Pública, se activan los protocolos establecidos para la realización de una prueba diagnóstica, si procede, y su derivación a un centro sanitario y en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas.
5.2 Colaboración con los gestores aeroportuarios y portuarios
La implementación de los controles sanitarios previstos se realiza con la colaboración y en coordinación con los gestores aeroportuarios y portuarios. En el caso de aeropuertos, AENA pone a disposición de los servicios centrales y periféricos de Sanidad Exterior los recursos humanos sanitarios y de apoyo necesarios con el fin de garantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de vuelos internacionales, mientras que en el caso de los puertos de interés general, son las Autoridades Portuarias.
En este sentido, desde el pasado 21 de junio, coincidiendo con la apertura de la circulación en el espacio Schengen a excepción de Portugal, estos procesos de control se han reforzado con la contratación e incorporación de 100 nuevos efectivos pertenecientes a empresas auxiliares y otras que prestan servicios aeropuertos.
Más recientemente, se han adjudicado dos contratos que permiten que haya más de 650 personas de apoyo trabajando en los controles que realiza Sanidad Exterior desde el día 1 de julio, coincidiendo con la apertura de fronteras de Portugal y de algunos terceros países siguiendo la Recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE adoptada el 30 de junio45. Este importante refuerzo permite prestar el servicio en los 26 aeropuertos que inicialmente reciben vuelos internacionales.
Esta cifra se irá adaptando en función de las necesidades, dado que el total de personas contratadas por AENA supera las 1.000, de las cuales 402 son profesionales sanitarios.
Asimismo, para facilitar los controles de temperatura, se han desplegado 219 cámaras termográficas que, con la implantación de la presentación telemática del formulario de Salud Pública, permiten agilizar los procedimientos de control, disminuyendo con ello el impacto en la operatividad aeroportuaria.
Anexo I: Lista verificación de Salud Pública
COORDINACIÓN |
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Establecimiento de un equipo de Respuesta a la Alerta COVID |
En cada comunidad y a nivel central debe disponerse de un equipo de respuesta a la alerta COVID-19 Debe incluir al menos representantes de atención primaria, hospitalaria, salud laboral, servicios sociales, protección civil y estará coordinado por salud pública. El equipo debe elaborar y difundir un procedimiento operativo estandarizado en el que:
|
Coordinación interna entre servicios |
Se debe designar al menos una persona de enlace en todos los servicios, tanto asistenciales como no asistenciales (incluyendo al menos admisión, suministros y mantenimiento), y se dispondrá de un listado actualizado de todos ellos fácilmente accesible. |
Coordinación con actores externos |
Se debe disponer de un listado actualizado fácilmente accesible de los contactos locales/autonómicos/nacionales necesarios para la correcta gestión de la información y notificación de casos. Se debe valorar la utilización de diferentes herramientas de comunicación (material informativo, reuniones públicas, sitios web, redes sociales, líneas de teléfono, etc) así como las nuevas tecnologías para comunicarse con las partes interesadas y el público |
RECURSOS SUMINISTROS, EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES |
|
Adquisición, gestión de suministros y equipamiento |
Se debe designar un responsable por unidad que garantice la disponibilidad de los materiales necesarios en las ubicaciones pertinentes, así como el mantenimiento adecuado de los equipos / instalaciones; realizando la coordinación con las unidades responsables. Se debe establecer un procedimiento rápido para acceder a las existencias clave, a través de la identificación de proveedores propios o a través del sistema de asistencia sanitaria así como de eliminación de residuos adecuado. Se debe realizar un inventario de las existencias clave para los equipos de intervención de salud pública en el terreno, incluyendo, al menos:
Debe existir un procedimiento para supervisar y actualizar periódicamente dicho inventario teniendo en cuenta las necesidades adicionales previstas para los diferentes escenarios. Es crucial establecer un plan para el seguimiento y custodia de existencias clave para evitar el uso indebido. |
Intervenciones y lugares de aislamiento |
Se debe evaluar la capacidad de los establecimientos designados como lugares de aislamiento no hospitalario Se debe establecer y difundir entre los profesionales implicados los criterios para priorizar las actuaciones de control de la enfermedad Se deben identificar espacios alternativos que se transformarán en lugares de aislamiento no hospitalario Se debe disponer de un plan de contingencia para el manejo del posible incremento casos y contactos Se debe disponer de un plan de contingencia para gestionar el incremento de las necesidades de información Todos los procedimientos operativos estandarizados disponibles en torno a este tema deben estar actualizados y disponibles para todo el personal implicado |
Recursos humanos |
Se debe disponer de un procedimiento de actuación en investigación de casos, seguimiento de contactos y aplicación de medidas de salud pública que indique los recursos humanos disponibles para cada ámbito territorial de aplicación. Se debe evaluar y disponer de un plan de continuidad de los servicios de salud pública que asegure:
Se debe establecer qué unidad será responsable de la valoración de exposiciones de riesgo del personal. |
Laboratorio |
Se debe establecer un procedimiento para el envío de información de forma segura, oportuna e interoperable con los sistemas de información de salud pública |
COMUNICACIÓN A LOS PROFESIONALES Y AL PÚBLICO |
|
Comunicación interna |
Se debe disponer de un plan de comunicación interna con líneas de comunicación claras para facilitar una comunicación rápida a todo el personal en todo lo referente al evento, incluyendo la adaptación en casos de incidencias o situaciones de especial relevancia Disponer de una batería de mensajes clave para ser difundidos entre diferentes grupos (profesionales sanitarios, otros trabajadores), validados por expertos en el tema en coordinación con el equipo de comunicación del hospital. |
FORMACIÓN DEL PERSONAL |
|
Formación |
Establecer un plan de capacitación general y específica del personal sanitario y no sanitario implicado incluyendo:
Se deben elaborar y difundir entre profesionales implicados los materiales de capacitación/información en las áreas anteriores |
ELABORACIÓN, DIFUSIÓN Y APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS Y GUÍAS |
|
Higiene de manos, EPI, Gestión de aislamientos, gestión de residuos) |
Se debe realizar un inventario de las existencias clave necesarias y debe existir un procedimiento para supervisar y actualizar periódicamente ese inventario teniendo en cuenta las necesidades adicionales previstas para los diferentes escenarios. Se debe establecer un plan de capacitación general y específica del personal sanitario y no sanitario implicado en estos procedimientos Todos los procedimientos operativos estandarizados disponibles en torno a este tema están actualizados y disponibles para todo el personal implicado |
Vigilancia epidemiológica y control de casos |
Elaborar, adaptar y difundir los protocolos de vigilancia con las definiciones de caso, formularios de notificación y protocolos de investigación epidemiológica que incluyan
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Estudio de contactos |
Se deben elaborar procedimientos comunes para el estudio de contactos Se debe realizar las labores de estudio de contactos en coordinación atención primaria, los servicios de medicina preventiva y los servicios de prevención de riesgos laborales Se debe incorporar la utilización de herramientas digitales que faciliten el seguimiento de contactos, con la capacitación adecuada del personal en la utilización de las mismas. Es especialmente relevante garantizar la dotación de personal suficiente para desempeñar estas labores |
Promoción y Prevención |
Reforzar la coordinación entre atención primaria, servicios sociales, salud pública y las entidades locales para la planificación de la salud comunitaria, la promoción de la salud y la prevención. |
Anexo II: Lista de verificación de preparación de hospitales
COORDINACIÓN | |
Establecimiento de un equipo de Alerta. (se activará ante la aparición de un caso de COVID-19 y será responsable de coordinar las acciones a seguir) |
El equipo de alerta debe incluir al menos un representante de gerencia, dirección médica, dirección de enfermería y de los servicios de medicina preventiva, enfermedades infecciosas, medicina intensiva y urgencias. El equipo debe elaborar y difundir un procedimiento operativo estandarizado en el que:
|
Coordinación interna entre servicios |
Se debe designar al menos una persona de enlace en todos los servicios, tanto asistenciales como no asistenciales (incluyendo al menos admisión, suministros y mantenimiento), y se dispondrá de un listado actualizado de todos ellos fácilmente accesible. |
Coordinación con actores externos |
Cada comunidad autónoma debe disponer de un listado actualizado fácilmente accesible de los contactos locales/autonómicos/nacionales necesarios para la correcta gestión de la información y notificación de casos. |
RECURSOS SUMINISTROS, EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES | |
Adquisición, gestión de suministros, equipamiento e instalaciones |
Se debe designar un responsable por unidad que garantice la disponibilidad de los materiales necesarios en las ubicaciones pertinentes, así como el mantenimiento adecuado de los equipos / instalaciones; realizando la coordinación con las unidades responsables. Se debe establecer un procedimiento rápido para adquirir existencias clave, incluyendo la identificación de proveedores alternativos en caso de que los principales proveedores se queden sin existencias así como de eliminación de residuos adecuado. Se debe realizar un inventario de las existencias clave necesarias, incluyendo, al menos:
Debe existir un procedimiento para supervisar y actualizar periódicamente dicho inventario teniendo en cuenta las necesidades adicionales previstas para los diferentes escenarios. Es crucial establecer un plan para el seguimiento y custodia de existencias clave para evitar el uso indebido. |
Instalaciones y ubicación de pacientes |
Se debe evaluar y calcular la capacidad máxima del hospital, capacidad máxima de la unidad de cuidados intensivos, número de habitaciones de aislamiento y número de ventiladores mecánicos. Se debe disponer y difundir en el centro el plan de contingencia con criterios, personas responsables y procedimientos para designar nuevas áreas de aislamiento en caso de que las habitaciones Primariamente destinadas a ello no estén disponibles, incluyendo el número y ubicación de las camas que se reasignarán, así como los criterios de aislamiento de cohortes en caso de ser necesario. Se debe establecer y difundir entre los profesionales implicados los criterios para altas, traslados internos de pacientes o traslados externos (a otros centros o a atención domiciliaria). Se deben identificar espacios alternativos que se transformarán en salas de espera y se deben establecer criterios para su uso. Se debe disponer de un plan de contingencia para el manejo del posible incremento de residuos infecciosos. Se debe disponer de un plan de contingencia para gestionar el incremento de pacientes fallecidos (ubicación) Todos los procedimientos operativos estandarizados disponibles en torno a este tema deben estar actualizados y disponibles para todo el personal implicado |
Recursos humanos |
Se debe evaluar y disponer de un plan de continuidad asistencial que asegure:
Se debe establecer qué unidad será responsable de la valoración de exposiciones de riesgo del personal. |
Laboratorio |
Se debe establecer un plan de priorización y envío seguro de muestras (si el hospital no posee capacidad de laboratorio) Se debe planificar la disponibilidad de reactivos y material para pruebas diagnósticas en los diferentes escenarios (si el hospital posee capacidad de laboratorio) Debe existir un plan para subcontratar servicios de laboratorio si se supera la capacidad. |
COMUNICACIÓN A LOS PROFESIONALES Y AL PÚBLICO. PORTAVOZ |
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Comunicación interna |
Se debe disponer de un plan de comunicación interna con líneas de comunicación claras para facilitar una comunicación rápida a todo el personal y a los pacientes y visitantes en todo lo referente al evento, incluyendo la adaptación en casos de incidencias o situaciones de especial relevancia Se debe disponer de una batería de mensajes clave para ser difundidos entre diferentes grupos (profesionales sanitarios, otros trabajadores, pacientes), validados por expertos en el tema en coordinación con el equipo de comunicación del hospital. |
FORMACIÓN DEL PERSONAL |
|
Formación |
Se debe establecer un plan de capacitación general y específica del personal sanitario y no sanitario implicado incluyendo:
Se deben elaborar y difundir entre profesionales implicados los materiales de capacitación/información en las áreas anteriores |
PREVENCION Y CONTROL DE INFECCIONES |
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Higiene de manos, EPI, Gestión de aislamientos, gestión de residuos) |
Se debe realizar un inventario de las existencias clave necesarias y debe existir un procedimiento para supervisar y actualizar periódicamente ese inventario teniendo en cuenta las necesidades adicionales previstas para los diferentes escenarios. Se debe establecer un plan de capacitación general y específica del personal sanitario y no sanitario implicado en estos procedimientos Todos los procedimientos operativos estandarizados disponibles en torno a este tema están actualizados y disponibles para todo el personal implicado |
TRIAJE |
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General |
Se deben establecer y difundir entre el personal implicado procedimientos específicos de verificación de los circuitos para separar y aislar los casos sospechosos de los demás pacientes, incluyendo un plan para la ubicación de éstos en diferentes salas de espera, acceso a baños y suministro de agua/alimentos. Se deben establecer y difundir entre el personal implicado procedimientos para la priorización de los pacientes. Se deben establecer y difundir entre el personal implicado procedimientos para la limpieza y desinfección de áreas utilizadas por pacientes sospechosos y eliminación de residuos. Se debe disponer de un registro de personas que entran en la zona de aislamiento |
Tele-triaje |
Se debe disponer de un mecanismo de tele-triaje (ej. servicio de teléfono/correo electrónico/telemedicina) para que los posibles casos notifiquen sus síntomas y coordinar su llegada al hospital, si es necesario. Se debe informar sobre la existencia y funcionamiento del tele-triaje a la población atendida del hospital. |
Primer contacto en el hospital |
Se debe colocar información en lugares visibles con preguntas y respuestas sobre COVID-19, y medidas de control y prevención. Se debe establecer un protocolo para informar a los pacientes con sospecha de COVID-19 sobre los procedimientos que se llevarán a cabo ante su llegada a Urgencias (por ejemplo, que serán separados de los demás pacientes y por qué, y cómo realizar la higiene de manos y respiratoria, cuándo y cómo utilizar la mascarilla). Se debe disponer de capacidad de transporte de los pacientes. |
ACCESO DE VISITANTES |
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Acceso a visitantes |
Se deben establecer y difundir normas para el acceso de los visitantes a la instalación y a las salas. Se debe establecer y difundir normas y procedimientos, dirigidos a visitantes, y correspondientes a acceso y salida habitaciones de los pacientes Se debe disponer de un registro de visitantes. |
Anexo III- Lista verificación de Atención Primaria
COORDINACIÓN | |
Responsable de Alerta (se activará ante la aparición de un caso de COVID-19 y será responsable de coordinar las acciones a seguir) |
El equipo de alerta debe incluir al menos un representante de gerencia, dirección médica, dirección de enfermería y de urgencias extrahospitalarias El equipo debe elaborar y difundir un procedimiento operativo estandarizado en el que:
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RECURSOS SUMINISTROS, EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES | |
Adquisición, gestión de suministros, equipamiento e instalaciones |
Designar un responsable que controle la disponibilidad de los materiales necesarios en las ubicaciones pertinentes, así como el mantenimiento adecuado de los equipos / instalaciones de los Centros de Atención Primaria (CAP) del conjunto del Área o demarcación sanitaria de gestión de AP. Establecer un procedimiento rápido para adquirir existencias clave, incluyendo la identificación de proveedores alternativos en caso de que los principales proveedores se queden sin existencias así como de eliminación de residuos adecuado. Disponer de un inventario de las existencias clave necesarias, incluyendo, al menos:
Procedimiento para supervisar y actualizar periódicamente dicho inventario teniendo en cuenta las necesidades adicionales previstas para los diferentes escenarios. Es crucial establecer un plan para el seguimiento y custodia de existencias clave para evitar el uso indebido. Establecer acceso al catálogo completo de pruebas diagnósticas en las mismas condiciones que el resto de especialidades médicas y disponiendo del equipamiento diagnóstico y tecnológico necesario para una atención más ágil y eficiente |
Recursos humanos |
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COMUNICACIÓN A LOS PROFESIONALES Y AL PÚBLICO. | |
Comunicación interna y externa |
La Gerencia de Atención Primaria facilitará a los CAP planes de comunicación (interna para personal y pacientes) y externa (para la zona básica de salud) que cada CAP adaptar a su situación con líneas de comunicación claras para facilitar una comunicación rápida en todo lo referente a la pandemia, incluyendo la adaptación en casos de incidencias o situaciones de especial relevancia |
FORMACIÓN DEL PERSONAL |
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Formación |
Se debe establecer un plan de capacitación general y específica del personal sanitario y no sanitario implicado incluyendo:
Se deben elaborar y difundir entre profesionales implicados los materiales de capacitación/información en las áreas anteriores |
PREVENCION Y CONTROL DE LA INFECCION |
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Vigilancia epidemiológica, prevención y control de casos |
Contar con protocolos para
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ASISTENCIA SANITARIA |
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General |
Se deben establecer y difundir entre el personal implicado procedimientos específico de verificación de los circuitos para separar y aislar los casos sospechosos de los demás pacientes, teniendo en cuenta las características del CAP
Se deben establecer y difundir entre el personal implicado procedimientos para la limpieza y desinfección de áreas utilizadas por pacientes sospechosos y eliminación de residuos. El CAP deberá tener capacidad de gestión de las agendas para que cada profesional pueda adaptarla a las necesidades cambiantes, garantizando la accesibilidad de la población y evitando la acumulación de personas en las salas de espera |
Triaje |
Se debe disponer de mecanismos de triaje a la entrada del CAP para derivar a los pacientes al circuito correspondiente de atención en el CAP Se debe disponer de un mecanismo de tele-triaje (ej. servicio de teléfono/correo electrónico/telemedicina) para que los posibles casos notifiquen sus síntomas y gestionar la atención sanitaria necesaria y el ámbito asistencial asistencial de la misma |
Contacto con el CAP |
Se debe colocar información en lugares visibles con preguntas y respuestas sobre COVID-19, y medidas de control y prevención. |
SALUD COMUNITARIA |
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Promoción y Prevención |
Contar con Plan que permita:
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Anexo IV: Medidas no farmacológicas generales
Uno de los factores clave para la aplicación efectiva de medidas no farmacológicas es la identificación y definición correctas de los desencadenantes para su activación o desactivación durante las diversas fases epidémicas. Estas medidas deberían combinarse entre sí y con otros enfoques, ya que aumenta su efectividad al implementarse de forma coordinada.
Higiene de manos
Constituye la medida la medida preventiva más importante en todos los entornos comunitarios durante todas las fases de la epidemia. Las manos deben lavarse regularmente con agua y jabón durante 40 segundos. Si las manos están sucias, el agua y el jabón deben preceder al uso de desinfectantes para manos a base de alcohol. Se recomienda aplicar higiene de manos de forma regular pero especialmente en los siguientes momentos:
- Contacto con personas con síntomas respiratorios
- Contacto con superficies potencialmente contaminadas
- Contacto con superficies de uso frecuente (por ejemplo, puertas, barandillas y pasamanos)
- Situaciones con elevada concentración de personas (transporte público, ámbito escolar)
- Después de toser o estornudar o cualquier situación en que las manos hayan podido entrar en contacto con las secreciones respiratorias
- Antes de tocarse la boca la nariz y los ojos
Higiene respiratoria
Se recomienda en aquellas personas con clínica respiratoria (tos y estornudos) con el fin de que mantengan una serie de comportamientos higiénicos para reducir la transmisión de persona a persona en todos los entornos y durante todas las fases de la epidemia. Se recomienda ampliamente para todos los entornos comunitarios como el hogar o las escuelas y lugares de trabajo, centros de salud, etc. en todo momento.
La higiene respiratoria consiste en:
- Cubrirse la boca y la nariz al toser o estornudar con el codo.
- Usar pañuelos desechables para eliminar las secreciones respiratorias.
- Deshacerse del pañuelo usado inmediatamente, asegurando el suministro de materiales de desecho (cubos de basura sin tocar, etc.).
- Higiene de manos después de tocar las secreciones respiratorias (estornudar, toser, uso de pañuelos) y/o los objetos contaminados
- Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca
Utilización de mascarillas
El uso de mascarillas es una medida más de prevención de la transmisión del virus que no sustituye a las demás, por lo que su uso debe ir acompañado de otras buenas prácticas para el cumplimiento de las medidas de higiene y de distancia física. El artículo 6 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, regula su utilización durante el periodo de crisis. Se puede consultar más información en las Recomendaciones sobre el uso de mascarillas en la comunidad en el contexto del COVID-19. La recomendación general para su utilización es la siguiente:
- Población general asintomática sana: diferentes organismos internacionales proponen la posibilidad de utilizar mascarillas higiénicas.
- Personas con síntomas compatibles: las mascarillas quirúrgicas pueden utilizarse como medida de control de la infección o como medida de mitigación en entornos comunitarios en aquellas personas que presenten síntomas respiratorios.
Medidas de higiene y limpieza
Tienen por objeto mejorar la protección y reducir el riesgo de infección de enfermedades transmisibles en diversos entornos (centros de Atención Primaria, Hospitalaria, centros de larga estancia, centros educativos, lugares de trabajo, lugares públicos y hogares).
Las medidas ambientales se refieren a la limpieza habitual de las superficies y objetos de uso frecuente (como teléfonos, tabletas, picaportes, inodoros y teclados) con agua y detergente, seguido de desinfección (como una solución de lejía), evitar el uso compartido de objetos (como vasos, utensilios para comer, toallas y ropa de cama), y garantizar un adecuado sistema de ventilación en edificios y zonas de reunión.
La eficacia de las medidas ambientales para mitigar el impacto de las epidemias de virus respiratorios es limitada, sin embargo, es plausible que esas medidas puedan reducir la transmisión y, por lo tanto, se recomienda que se utilicen en todo momento y en todos los entornos durante las fases de contención y mitigación de una epidemia.
Como medidas adicionales se recomienda ventilar con frecuencia y dejar entrar la luz del sol en los ambientes cerrados, ya que pueden contribuir a dispersar e inactivar los virus ambientales. Se pueden consultar más recomendaciones en Medidas higiénicas para la prevención de contagios del COVID-19 y en el procedimiento de limpieza viaria ante la pandemia de coronavirus.
Medidas de distanciamiento físico
La recomendación de distanciamiento físico está relacionada con una importante reducción del riesgo de infección. La recomendación es el mantenimiento de una distancia aproximada de 1,5 metros entre personas (el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio regula este aspecto durante el periodo de crisis). El principal beneficio de esta medida es prevenir la transmisión al evitar la propagación de SARS-CoV-2 reduciendo la probabilidad de que ocurra un contacto efectivo entre una persona capaz de transmitir el virus y un huésped susceptible.
Anexo V: Vigilancia epidemiológica y fuentes de información
Las fuentes de información que proporcionar datos relevantes de forma rápida y fiable en el marco de la estrategia y en otros ámbitos de interés para la gestión de la epidemia incluyen:
- Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica (RENAVE): que incluye:
- Información individualizada sobre los casos confirmados que se incluye en la plataforma SiViES.
- Información sobre los brotes epidémicos.
- Información agregada sobre los casos sospechosos, proporción de casos sospechosos a los que se realiza una prueba de PCR, número de contactos estrechos que se confirman como caso y número de profesionales de los servicios de vigilancia epidemiológica.
- Estudio Nacional de sero-Epidemiología de la Infección por SARS-CoV-2 en España (ENE-COVID): es un estudio longitudinal sero-epidemiológico, sobre una muestra representativa de la población, que recaba información sobre la prevalencia de infección por SARS-CoV-2 mediante la determinación de anticuerpos IgG frente al virus.
- Sistema Estatal de Resultados de Laboratorio (SERLAB): recaba los datos de todas las pruebas realizadas en los laboratorios, públicos y privados, autorizados en España para la realización de pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 mediante PCR u otras pruebas moleculares, enviado por las comunidades autónomas a través del servidor de intercambio seguro establecido al efecto en el marco del Sistema de Información SERLAB-CoV.
- Sistema de Información de Capacidad Asistencial de la Atención Hospitalaria: recaba los datos de sobre la actividad de atención especializada de todos los centros hospitalarios, tanto públicos como privados a nivel nacional. Aporta información sobre la capacidad asistencial y uso de la misma por pacientes con COVID-19, pacientes con otras patologías y el número de camas libres, tanto de hospitalización de agudos como de cuidados críticos.
- Sistema de Monitorización de la Mortalidad diaria (MoMo): recaba información agregada sobre la mortalidad diaria por todas las causas. Se emplea para identificar las desviaciones observadas con respecto a las esperadas según las series históricas de mortalidad.
- Herramienta epidemiológica basada en el control de las aguas residuales (HEBAR): Permite identificar SARS-CoV-2 en aguas residuales y se hacen colaboración con el Ministerio de Transición Ecológica. El aislamiento del virus en aguas residuales no tratadas puede constituir una señal temprana de la circulación de dicho virus en la población. La información recogida se enviará a través del mismo sistema de información de SERLAB.
En la actualidad se está desarrollando un sistema de vigilancia centinela basado en el sistema de vigilancia centinela de gripe estacional que recoja información de infección respiratoria aguda leve y grave en Atención Primaria y hospitalaria. Este sistema proyecta recabar información epidemiológica y virológica en una misma población, proporcionando las tasas de incidencia de la enfermedad y de circulación del agente en la población de referencia.
Anexo VI: Indicadores de alerta por COVID-19
I. Indicadores de situación epidemiológica
Indicador |
Interpretación |
Incidencia acumulada de casos que han iniciado síntomas en los últimos 7 días |
Informa de las zonas en las que puede haber habido brotes activos o brotes incipientes en los últimos 7 ó 14 días |
Evolución de número diario de casos que inician síntomas |
Observar la tendencia de la serie |
Incidencia acumulada de casos que han sido diagnosticados en los últimos 7 días (incluye casos asintomáticos) |
Actividad viral y difusión de la enfermedad, así como la posible ocurrencia de casos sucesivos |
Evolución del número diario de casos diagnosticados |
Observar la tendencia de la serie |
Incidencia acumulada de casos sospechosos atendidos en los últimos 7 días (tanto en Atención Primaria como en hospitales), por fecha de consulta |
Nivel de sospecha diagnóstica (tanto de la población como del sistema sanitario) |
Proporción de nuevos casos que son contactos de casos previamente conocidos |
Identificación y control de las cadenas de transmisión |
Detección de puntos calientes (nivel municipal):
|
Identificación de posibles cadenas de transmisión y brotes no detectados |
Número de reproducción efectiva instantáneo (Rt) |
Ritmo de crecimiento o decrecimiento de la epidemia (estándar <1) |
Evolución en el número de casos que han requerido hospitalización, UCI o han fallecido |
Observar la tendencia de la serie |
Detección de coronavirus en muestras de aguas residuales en zonas donde estaba previamente ausente o incremento en la carga viral en una zona donde ya estaba presente |
Alerta de introducción o posible difusión del virus, con capacidad de incluir posibles casos asintomáticos |
II. Indicadores de asistencia sanitaria
Indicador |
Interpretación |
Proporción de casos sospechosos que han acudido a consulta en los últimos 7 días a los que se les realiza una prueba PCR (tanto en Atención Primaria como en hospitales) |
Capacidad de diagnóstico de casos sospechosos |
Incidencia acumulada de realización de pruebas PCR en los últimos 7 días |
Esfuerzo diagnóstico en la población (umbral de 1/1.000/semana) |
Mediana del tiempo transcurrido entre la fecha de consulta y la fecha de diagnóstico |
Demora de diagnóstico (estándar de 24- 48 horas) |
Proporción de pruebas positivas respecto al total de pruebas realizadas en los últimos 7 días |
Indicador combinado del nivel de circulación de virus y la sensibilidad del circuito diagnóstico (estándar <5%) |
Proporción de casos hospitalizados entre los casos confirmados que iniciaron síntomas hace 2 semanas |
Indicador combinado del nivel de gravedad y la sensibilidad del sistema para la detección de casos leves |
Proporción de camas de agudos ocupadas por casos COVID-19 y ocupación total (COVID-19 y no COVID-19) |
Presión por COVID-19 sobre los hospitales y reserva disponible para responder a incrementos de la transmisión |
Proporción de camas de cuidados críticos ocupadas por casos COVID-19 y ocupación total (COVID-19 y no COVID-19) |
Presión por COVID-19 sobre las UCIs y reserva disponible para responder a incrementos de la transmisión |
III. Indicadores de control epidemiológico
Indicador |
Interpretación |
Mediana del tiempo transcurrido entre la fecha de inicio de síntomas y la fecha de aislamiento, en aquellos casos que iniciaron síntomas en los últimos 7 días |
Demora de control de las fuentes de contagio (estándar <48 horas) |
Proporción de los casos que iniciaron síntomas en los últimos 7 días a los que se les ha realizado una búsqueda de contactos |
Capacidad de control de los contactos |
Mediana del número de contactos identificados por cada caso, en aquellos casos que iniciaron síntomas en los últimos 7 días |
Exhaustividad en el control de los contactos (también dependiente del contexto social y restricciones existentes) |
Notificación temprana (a nivel nacional) |
Proporción de casos ocurridos en una semana (lunes a domingo) que han sido notificados a nivel nacional el martes siguiente |
IV. Indicadores de Atención Primaria
Indicador |
Interpretación |
Proporción de casos sospechosos que han acudido a consulta en los últimos 7 días a los que se les realiza una prueba PCR |
Capacidad de diagnóstico de casos sospechosos |
Proporción de PCR positivas respecto al total de las realizadas en los últimos 7 días |
Indicador combinado del nivel de circulación de virus y la sensibilidad del circuito diagnóstico (estándar <5%) |