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La Junta de Andalucía ha publicado la Propuesta de Resolución Provisional de la comisión regional de selección de becas y ayudas al estudio, de la convocatoria de beca 6000 para el curso escolar 2023-2024.
Con fecha 13 de mayo de 2024 se ha notificado individualmente a los solicitantes, que dispondrán de 10 día hábiles para la presentación de alegaciones a partir del día siguiente a su publicación (del 14 al 27 de mayo), a través de la secretaría virtual de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
De conformidad con las bases reguladoras para la percepción de las cantidades de la Beca 6000 será obligatoria la asistencia al centro docente y superar con éxito la totalidad de las asignaturas matriculadas
La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria de las Becas 6000 para el curso escolar 2023-2024, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado de Bachillerato o de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial.
Estas ayudas ecónomicas, que pueden alcanzar los 6000 euros por curso académico, están destinadas a familias con pocos recursos cuyos hijos terminan la enseñanza obligatoria (ESO) y tienen como objetivo principal evitar el abandono escolar, compensando las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural.
El plazo de presentación de solicitudes será del 6 de diciembre de 2023 al 5 de enero de 2024.
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Consulta a continuación la información de las Becas 6000:
Convocatoria 2023/2024
Ya se ha publicado la convocatoria de la Beca 6000 para el alumnado que se matricule en los estudios de primer o segundo curso de bachillerato o de primer o segundo curso de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso escolar 2023-2024.
En resumen, los solicitantes deben haber participado en la convocatoria general de las becas MEC, cumplir los umbrales de renta, estar matriculados en un curso completo en estudios presenciales y no estar repitiendo curso.
La obtención y mantenimiento de la beca depende del rendimiento académico del alumno y de la asistencia a clase, ya que se suspenderá la beca en caso de que se alcance un 15% de faltas de asistencia sin justificación.
La convocatoria de la Beca 6000 para el curso 2023/2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 5 de diciembre de 2023, estableciendo el plazo de presentación de solicitudes desde el 6 de diciembre de 2023 hasta el 5 de enero de 2024.
Puedes consultar el texto completo de la convocatoria a continuación: Resolución de 28 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca 6000 dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial para el curso escolar 2023/2024.
Importe de la Beca 6000
La cuantía de la beca es de 6000 euros por curso académico, cuyo importe se devengará a razón de 600 euros por mensualidad vencida desde septiembre de 2023 hasta junio de 2024.
La Beca 6000 será compatible con la percepción de las becas y ayudas para la misma finalidad que puedan establecer la Administración General del Estado y las Corporaciones Locales, sin que en ningún caso el importe total destinado a la compensación educativa pueda superar los 6.000 euros.
Por tanto, en caso de ser beneficiario de alguna de las becas para enseñanzas postobligatorias de la convocatoria general del Ministerio de educación, del importe a percibir de la Beca 6000 se deducirán la cuantía variable y las cuantías fijas ligadas a la renta del solicitante y a la residencia del estudiante durante el curso escolar.
Además se realiza la convocatoria de la Beca 6000 para el curso académico 2023/2024 en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, porque la concesión de las cuantías de esta beca estará limitada por las disponibilidades presupuestarias previstas en la presente convocatoria.
El límite máximo presupuestario para esta convocatoria correspondiente al curso 2023/2024 es de 29.500.000 euros.
Requisitos para ser beneficiario
La BECA 6000 pretende facilitar la permanencia en el sistema educativo al término de la ESO al alumnado que va a cursar Bachillerato y ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Está destinada a los alumnos que, tras terminar su etapa en la Educación Secundaria Obligatoria, opta por permanecer en el sistema educativo, matriculándose de primer curso de Bachillerato o de un Ciclo Formativo de Grado Medio.
También se dirige al alumnado que promociona al segundo curso de Bachillerato y de Ciclo Formativo de Grado Medio, incluyéndose el período de Formación en Centros de Trabajo.
Para ser beneficiario de la BECA 6000 es preciso reunir los siguientes requisitos:
- Participar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio para enseñanzas postobligatorias no universitarias reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
- Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Reunir los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta de la convocatoria de becas en las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar matriculado del curso completo en estudios presenciales.
- No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de bachillerato o técnico de cualquier profesión.
- En el caso del alumnado de primer curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación profesional inicial, este deberá haber cursado los estudios de Educación Secundaria Obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.
- En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.
- Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
- Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, podrá acogerse a la convocatoria de la Beca 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y académico establecidos en la normativa vigente.
- Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca.
- No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
Estos requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la beca.
Umbrales de renta familiar
Para la concesión de la Beca 6000 durante el curso 2023/2024, se aplicarán los siguientes umbrales de renta familiar:
- Familias de un miembro: Hasta 1.981,00 euros.
- Familias de dos miembros: Hasta 3.823,00 euros.
- Familias de tres miembros: Hasta 5.571,50 euros.
- Familias de cuatro miembros: Hasta 7.306,50 euros.
- Familias de cinco miembros: Hasta 9.038,00 euros.
- Familias de seis miembros: Hasta 10.731,50 euros.
- Familias de siete miembros: Hasta 12.386,50 euros.
- Familias de ocho miembros: Hasta 14.004,50 euros.
- A partir del octavo miembro se añadirán 1.617,50 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.
Se denegará la Beca 6000, cualquiera que sea la renta familiar calculada, cuando se superen los umbrales indicativos de patrimonio familiar establecidos en el artículo 11 del Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero.
Plazo y presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes de la Beca 6000 estará abierto durante un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La resolución ha sido publicada el 5 de diciembre de 2023, por lo que
El plazo de presentación de solicitudes de la Beca 6000 será del 6 de diciembre de 2023 al 5 de enero de 2024.
La solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y Deporte: www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/
Adjudicación y seguimiento de la beca
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro para su tramitación.
Posteriormente, la Dirección General competente en materia de becas y ayudas al estudio remitirá una relación nominal del alumnado beneficiario de la Beca 6000 a todos los centros docentes donde se encuentre matriculado dicho alumnado, para el seguimiento y control del mismo.
Los equipos directivos de los centros que tengan alumnado beneficiario de la Beca 6000 deberán confirmar, tanto las calificaciones como las faltas de asistencia injustificada de dicho alumnado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la finalización de cada una de las sesiones de evaluación.
Las personas beneficiarias de la Beca 6000 estarán obligadas a cumplir con lo establecido en los artículos 25, 26 y 29 de la Orden de 5 de julio de 2011, que establece que para cobrar la Beca 6000 será obligatoria la asistencia al centro docente.
El pago de la beca se suspenderá de forma inmediata y definitiva en los siguientes supuestos:
- Cuando el alumnado haya causado baja en el centro docente antes de la finalización del curso académico para el que se ha concedido la beca.
- Cuando el alumnado no haya asistido a un 15% de las horas lectivas, computadas mensualmente, salvo que las faltas se encuentren debidamente justificadas.
Además, para la percepción de las cantidades de la Beca 6000 será obligatorio el progreso satisfactorio en las evaluaciones que se realicen a lo largo del curso.
Consulta el estado de tu solicitud
Para consultar el estado de tramitación de la beca 6000 debes realizar una consulta personalizada, para la que necesitarás el NIF/NIE de la persona que solicitó la beca y el número localizador del resguardo de la solicitud de la Convocatoria General de Becas.
La consulta se puede realizar en el siguiente enlace.
También existe un formulario de consulta e información con el que puedes realizar consultas informativas generales, resolver dudas normativas o aportar sugerencias relacionadas con las becas y ayudas al estudio gestionadas por la Consejería de Educación.